Untitled - Defensor del Pueblo
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(explícitamente derechos civiles, políticos y sociales) desde el Estado hacia el<br />
ciudadano, “idea de ciudadanía que no incluye pautas de acción” (Miller, 1997:69).<br />
En otros términos, para Marshall el Estado otorga al ciudadano derechos civiles,<br />
políticos y sociales y no reclama de él reciprocidad en términos de obligaciones<br />
o involucramiento efectivo en los asuntos de la res publica. A esta concepción<br />
se la denomina ciudadanía pasiva o ciudadanía social, que con el pasar <strong>del</strong> tiempo<br />
se ha considerado como insuficiente, adquiriendo cada vez más popularidad<br />
la idea de una ciudadanía activa; Sabine Hoffman, rescatando a Turner (1990),<br />
se refiere a estos dos tipos de ciudadanía:<br />
“1)Ciudadanía que puede ser concebida como otorgada desde arriba es<br />
decir desde el Estado, dándoles a los derechos ciudadanos un carácter<br />
pasivo (...)<br />
2) Ciudadanía que puede ser considerada como conquistada desde abajo,<br />
dándoles a los derechos ciudadanos una noción activa”. (Hoffmann,<br />
2005:83)<br />
La idea de ciudadanía pasiva ha sido ampliamente criticada bajo el argumento<br />
de que el ciudadano tiene también una serie de deberes con la comunidad política<br />
a la que pertenece, y no solamente derechos. En síntesis, se ha llegado al consenso<br />
de que “una concepción adecuada de la ciudadanía parece exigir, por lo tanto, un<br />
equilibrio entre derechos y responsabilidades” (Kymlicka, 1997:12). La participación<br />
activa y efectiva de los ciudadanos en los asuntos públicos se ha identificado como<br />
una de las obligaciones centrales <strong>del</strong> ciudadano: “los afectados por las decisiones<br />
que se toman son sus propios señores y no sus súbditos, lo cual implica en buena<br />
ley que han de participar de forma significativa de la toma de decisiones que les<br />
afectan” (Cortina, 2001:99); “una de las primeras obligaciones de la ciudadanía es<br />
participar en la sociedad civil” (Kymlicka, 1997:14).<br />
25 “Por derechos civiles Marshall entiende los derechos de la libertad individual, incluidos la libertad de la persona, la libertad de palabra<br />
y conciencia, los derechos de propiedad, el derecho de trabar contratos y la igualdad ante la ley. Los derechos políticos se refieren<br />
a esos derechos que crean la posibilidad de participar en el ejercicio <strong>del</strong> poder político como “integrante de un cuerpo investido<br />
de la autoridad pública o como elector de los miembros de ese cuerpo” (...) los derechos sociales incluirían una amplia gama de<br />
derechos desde el derecho a un mínimo de seguridad y bienestar económicos...hasta el de llevar a cabo la vida de un ser civilizado conforme a las<br />
normas prevalecientes en la sociedad” (Marshall citado por Held,1997:42)<br />
noventa y cinco