5. Subsistema FísicoBiótico - Corporación Autónoma Regional del ...
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Pertenecen a este grupo los establecimientos destinados a actividades tales como las de<br />
reparación y reconstrucción de piezas y aditamentos o partes para maquinaria, así como labores<br />
exclusivas de soldadura, niquelado, vulcanización y cromado y/o actividades similares.<br />
Los establecimientos destinados a prestar los servicios S-1, S-2, S-3 Y S-4 no se podrán ubicar<br />
en zonas de vivienda, ni a menos de 80 metros de distancia de centros educativos, de salud, o<br />
institucionales.<br />
Servicios personales especiales (S-3)<br />
Amoblados<br />
Moteles<br />
Casas de Lenocinio<br />
Cabarets, coreográficos y similares.<br />
Canchas de tejo<br />
Galleras<br />
Localización: Deberán estar localizados en áreas alejadas de la vivienda y proveerse de un<br />
aislamiento acústico tal, que evite ruidos y sonidos que afecten a un determinado sector de la<br />
comunidad.<br />
Los moteles y amoblados se ubicarán fuera <strong>del</strong> perímetro urbano a una distancia no menor de<br />
quinientos metros (500 m) de otro ya existente y contarán con un aislamiento de 10 metros<br />
sobre el costado de la vía pública independientes de los retiros establecidos por la Secretaría de<br />
Planeación.<br />
Servicios mortuorios (S-4)<br />
Salas de Velación<br />
Cementerios<br />
Jardines Cementerios<br />
Hornos Crematorios.<br />
Salas de Velación<br />
Localización: Se localizarán fuera de las vías arterias principales y vías de intenso flujo vehicular,<br />
glorietas y pasos a desnivel. Se podrá exigir requisitos adicionales como vías de servicio y bahías,<br />
para evitar conflictos viales. No se permiten en zonas de vivienda, excepto cuando están<br />
integradas a las iglesias. Los servicios de Sala de Velación son de uso restringido, sin embargo<br />
cada caso será objeto de análisis.<br />
Se ubicarán a una distancia mínima de cien metros (100 m) con respecto a centros asistenciales y<br />
de educación.<br />
Parqueaderos: Deberá plantear un área de parqueo de vehículos integrado a la edificación con<br />
un mínimo de 20 cupos de parqueo por cada sala de velación.<br />
Cementerios, Jardines Cementerios y Hornos Crematorios<br />
Localización: Se localizarán fuera <strong>del</strong> perímetro urbano, para lo cual se analizarán los siguientes<br />
aspectos:<br />
Se ubicarán a una distancia no menor de 500 metros de centros asistenciales, educativos,<br />
mataderos, plantas de procesamiento de artículos alimenticios y expendios de víveres.<br />
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