Descargar (839Kb) - Universidad de El Salvador
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a) Legis Actionis o Acciones <strong>de</strong> la Ley.<br />
En el procedimiento <strong>de</strong> las acciones <strong>de</strong> la ley, había dos fases: in iure<br />
(hacia la ley o hacia el <strong>de</strong>recho) don<strong>de</strong> <strong>de</strong>cidía el pretor y; apud iudicem<br />
(junto al juez): don<strong>de</strong> <strong>de</strong>cidía el particular y don<strong>de</strong> se da la actividad<br />
probatoria. En este proceso la parte <strong>de</strong>mandante acudía ante el pretor y<br />
presentaba su <strong>de</strong>manda, exponiendo su pretensión, así mismo el<br />
<strong>de</strong>mandado también acudía don<strong>de</strong> el pretor y se oponía. Si el contenido <strong>de</strong> la<br />
pretensión se ajustaba a la legis (ley), entonces se le concedía la acción al<br />
<strong>de</strong>mandante, y así se establecía lo que ellos llamaban un programa procesal,<br />
y una vez se establecía éste, es <strong>de</strong>cir, que la pretensión era legal, que por lo<br />
mismo se le <strong>de</strong>bía conce<strong>de</strong>r la acción, el pretor enviaba el proceso al iu<strong>de</strong>x<br />
(Juez) quien era un particular y este se limitaba a verificar, momento en que<br />
se daba la cuestión probatoria: las afirmaciones hechas por el <strong>de</strong>mandante,<br />
<strong>de</strong>s<strong>de</strong> luego, que la oposición <strong>de</strong>l <strong>de</strong>mandado significaba también valoración<br />
<strong>de</strong> esa oposición y este particular, el iu<strong>de</strong>x, profería la sentencia.<br />
b) <strong>El</strong> Proceso Formulario.<br />
En este proceso se dividió al igual que la legis actionis en dos etapas:<br />
La primera compren<strong>de</strong> la cuestión <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho, y la segunda, los hechos. Si<br />
las partes no cumplen el dictamen, <strong>de</strong>be volverse otra vez al magistrado<br />
originario que tenía el imperium (po<strong>de</strong>r público) para ejecutarlo. Pero se<br />
diferencian, en que mientras las acciones <strong>de</strong> la ley eran dadas<br />
exclusivamente para ciudadanos romanos, el proceso formulario se daba<br />
cuando intervenían en el proceso, también extranjeros.<br />
Por medio <strong>de</strong> este proceso formulario se introdujo el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong><br />
gentes al <strong>de</strong>recho civil romano, es <strong>de</strong>cir que se incluía a los extranjeros en<br />
las relaciones jurídicas <strong>de</strong> los ciudadanos romanos. Paralelamente en las