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Leer-el-pensamiento-del-Libertador-economia-y-sociedad1

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Artículo 4º La introducción de esclavos en <strong>el</strong> territorio de laRepública, ya sea para comercio, ya para establecimiento, quedaprohibida bajo la multa de mil pesos por individuo.Artículo 5º Haciendo la República profesión de respetar lasleyes, usos y costumbres de todas las naciones, se declara quetodo esclavo fugitivo de país extranjero será puesto en prisióny restituido a su amo, castigando con la pena de pagar su estimacióncon los gastos y perjuicios a los que hayan favorecidosu venida, y a los que los ocultaren y protegieren.Tendrálo entendido <strong>el</strong> Supremo Poder Ejecutivo, y dispondrálo necesario a su cumplimiento.Dado en <strong>el</strong> Palacio d<strong>el</strong> Soberano Congreso, capital de Guayana,a 11 de enero de 1820-10ºEl Presidente d<strong>el</strong> Congreso, Francisco Antonio Zea. El diputadoSecretario, Diego de BallenillaPalacio de Gobierno, 22 de enero de 1820-10ºEl Vicepresidente de la República ordena que la present<strong>el</strong>ey, autorizada por <strong>el</strong> s<strong>el</strong>lo d<strong>el</strong> Estado, se ejecute, publique ycomunique a quienes corresponda.Francisco Antonio Zea.Por Su Exc<strong>el</strong>encia <strong>el</strong> Vicepresidente de la República. El Ministrod<strong>el</strong> Interior.Diego Bautista Urbaneja.(Documentos Fundamentales: 98)En su conjunto, la norma es un refinado mecanismo de <strong>el</strong>usiónde las finalidades para la cual fue propuesta. La exposiciónde motivos incurre en la hipocresía de comparar la libertad conla luz d<strong>el</strong> alma, para justificar que sólo se la puede restituir porgrados. El artículo 1 invoca <strong>el</strong> principio constitucional que prohíbeque un hombre sea propiedad de otro. Sin embargo, <strong>el</strong> 2distingue entre una abolición de derecho y otra de hecho, comosi una constitución se sancionara para que hecho y derechoestuvieran divorciados. El artículo 3 ya pone condiciones: lalibertad dependerá d<strong>el</strong> amor al trabajo y a las virtudes públicas,difíciles de cumplir para quien no es dueño d<strong>el</strong> fruto de su laborni tiene derechos que le permitan ejercitar tales virtudes.

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