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Leer-el-pensamiento-del-Libertador-economia-y-sociedad1

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Valiéndonos de los recursos que nos presentenlos bienes y haciendas pertenecientes al EstadoLuego, desde <strong>el</strong> Cuart<strong>el</strong> General de Angostura, Bolívar escribe<strong>el</strong> 23 de octubre de 1817 al general Soublette, para entoncessub-jefe d<strong>el</strong> Estado Mayor General: “Estando destinados losfondos en metálico que haya en <strong>el</strong> tesoro público, y los que porahora puedan entrar en él, de la misma clase, para objetos detanta importancia que sin <strong>el</strong>los ni puede conservarse <strong>el</strong> país libertado,ni terminarse la pacificación d<strong>el</strong> que aún está en poderde los enemigos, es necesario que proveamos a la subsistenciay gastos de estos asuntos también indispensables, valiéndonosde los recursos que nos presenten los bienes y haciendas pertenecientesal Estado. Estas, por medio de una administraciónbien organizada, deben surtir a los hospitales de algunos artículosde primera necesidad en <strong>el</strong>los. Tales son la luz, <strong>el</strong> jabón, <strong>el</strong>arroz, <strong>el</strong> pan, la carne, <strong>el</strong> aguardiente, y otros pequeños mediosque presentan las haciendas. En consecuencia, y deseando qu<strong>el</strong>os enfermos tengan toda la asistencia que pueda prestárs<strong>el</strong>esen esta circunstancia, prevengo a V.S. que, de acuerdo con <strong>el</strong>señor sub-jefe d<strong>el</strong> estado mayor general, tome las medidas conducentesa este fin, librando las órdenes correspondientes aldepositario o administrador de las haciendas embargadas, paraque con preferencia envíe para <strong>el</strong> hospital los artículos expresados,y que se establezcan arrias que periódicamente los conduzcana esta plaza” (Lecuna, 1947, T.I: 266).Guayana libre, nos dará no sólo mil recursosComprendemos así por qué Bolívar escribe <strong>el</strong> 18 de abrilde 1817 a Luis Brión que “Guayana libre, nos dará no sólo milrecursos, sino una importancia política extraordinaria, y conqué satisfacer los créditos que hemos contraído y contraigamosen lo venidero”, y por qué <strong>el</strong> decreto de confiscaciones ysecuestros de 3 de septiembre de 1817 en su último artículodeclara que <strong>el</strong> ramo está “destinado especialmente a consolidar

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