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AA.VV. - Criminología crítica y control social 1. El Poder Punitivo del Estado

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EL PODER PUNITIVO DEL ESTADO -|33<br />

razones de esta equivocación es, según Ward, la naturaleza <strong>del</strong> castigo<br />

judicial, el cual se impone en nombre de una autoridad superior a la víctima.<br />

En este sentido, es precisamente esta "representación de" lo que hace que el<br />

sistema penal no se tome la función simbólica <strong>del</strong> castigo seriamente. Porello<br />

las feministas pueden esperar más <strong>del</strong> abolicionismo (Ward 1986). <strong>El</strong><br />

abolicionismo no rechaza la idea de una desaprobación -colectiva-, pero<br />

reconoce que el derecho penal cumple mal esta función (de Haan 1988).<br />

Jacqueline Soetenhorst señala otro peligro conectado con este apoyo<br />

<strong>del</strong> sistema penal. Hace una comparación con las primeras luchas<br />

feministas de inicios de 1900. Sus reivindicaciones progresistas condujeron<br />

al Acta Pública de Moral Victoriana (Brants & Kok 1986; van<br />

Swaaningen 1987, 7).<br />

"En vez de afectar estructuras patriarcales, basadas en descubrimientos<br />

y demandas de las feministas, estas estructuras se fortalecieron. En este<br />

sentido 'el brazo fuerte' sacó su fuerza de nuevo <strong>del</strong> 'sexo débil'."<br />

(Soetenhorst 1985, pág. 361).<br />

Por supuesto, este no es un problema específicamente holandés de<br />

hace un siglo. En una discusión canadiense de 1980, Dany Lacombe<br />

demuestra cómo la discusión antipornográfica feminista ha facilitado la<br />

ejecución de una política puritana conservadora (Lacombe 1988).<br />

Soetenhorst concluye, en relación a la situación holandesa, que el feminismo<br />

en vez de apoyarse en la criminalización tiene que esperar más de<br />

la reforma penal, ya que ambas fuerzas persiguen romper las relaciones<br />

de poder existentes y cuestionan estructuras represivas e injustas con el<br />

fin de "humanizar" las relaciones entre la gente (Soetenhorst 1985, pág.<br />

358). En el marco de este artículo quiero mostrar algunas apariencias<br />

engañosas (uit Beijerse/1990) de un aliado aparentemente poco fiable<br />

para la lucha de las mujeres. (Bo<strong>del</strong>ón 1993). La criminalización tiene<br />

valores simbólicos, pero parece una estrategia peligrosa (Bergalli y<br />

Bo<strong>del</strong>ón, 1992).<br />

4.<strong>1.</strong> Algunas limitaciones prácticas <strong>del</strong> sistema penal<br />

Si miramos cómo la violencia sexual está definida en las leyes holandesas,<br />

vemos cómo difumina la imagen estructural. Una frase victoriana<br />

como "violación de la castidad" desvía la atención de su verdadera<br />

naturaleza, expresión de la violencia masculina imbuida en el patriarcado.<br />

La violación no se castiga porque vulnere la autonomía y la libre voluntad<br />

de una persona sino porque choca con la rigidez <strong>del</strong> público respecto al

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