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D O C U M E N T O S D E L I C I T A C I Ó N

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

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110En caso de descubrirse durante esta tarea de reconocimiento la presencia de instalaciones que nohubiesen sido anteriormente detectadas por el Oferente en función de la documentaciónanalizada y el reconocimiento del área que debió haber efectuado oportunamente para evaluar eltipo, cantidad y magnitud de interferencias, a efectos de su consideración en la Oferta, se deberáproceder a su identificación y relevamiento.La presencia de tales hechos existentes no detectados oportunamente por el Oferente, no daráderecho al Contratista a adicional ni reclamo alguno, ya que los mismos debieron ser relevados ycontemplados en la Oferta.Para estas tareas de reconocimiento, el Contratista deberá utilizar toda la información másactualizada disponible: planos de instalaciones de las empresas de servicios públicos(electricidad, agua corriente, cloacas, teléfonos, etc.), planos de vías de comunicación, deinstalaciones privadas, etc., sobre la cual efectuará en forma previa el correspondiente estudiodetallado de gabinete, a fin de optimizar los resultados de la verificación sobre el terreno.El Contratista deberá informar a la Inspección de Obra con una antelación de un (1) día hábil lafecha de inicio de esta tarea.Finalizado el reconocimiento del terreno, el Contratista deberá comunicar formalmente losresultados del mismo a la Inspección de Obra.2.1.6. Interferencias con servicios públicos u otras afectadas por la obraEl Contratista será responsable de obtener toda la información necesaria y disponible sobre laexistencia de instalaciones y construcciones de cualquier tipo y destino que puedan ser afectadaspor el desarrollo de las obras, para lo cual deberá efectuar las gestiones y consultas pertinentestanto frente a cada empresa estatal o privada prestadora de servicio públicos, como frente a lospropietarios municipales o privados de instalaciones de cualquier otro tipo.Deberá asimismo requerir, de ser necesario, la presencia de inspectores y/o de personal técnicode las empresas estatales o privadas afectadas.El Contratista, con el aval de la Inspección, gestionará ante las respectivas empresas, organismosy/o entidades de electricidad, gas, teléfonos u otras, la remoción y relocalización de aquellasinstalaciones que imposibiliten u obstaculicen el desarrollo de las tareas.El Contratista deberá solicitar la remoción y/o relocalización de dichas instalaciones con unaanticipación de no menos de treinta (30) días al comienzo de las correspondientes obras,destacando claramente en su solicitud la fecha en que necesitará disponer del lugar libre deobstáculos.Serán a cargo del Contratista todos los gastos de gestión que lo antedicho origine, así como lapresentación de la documentación exigida por las respectivas empresas u organismos.En el caso de interferencias subterráneas no detectadas durante la elaboración de la oferta y paraexclusivamente, aquellos trabajos que fuesen considerados por la Inspección comoindispensables para la ejecución de las obras, en cuanto al pago de dichos trabajos, deberán serconsiderados por el contratista según el siguiente criterio, se encuentren o no indicados en losplanos:• Los que deban ser removidos y recolocados en su mismo sitio, sin modificación deubicación y/o recorrido, estarán incluidos en el precio de la obra y prorrateados en los ítemscorrespondientes sean o no ejecutados por el Contratista.• Los que deban ser removidos y recolocados en otros sitios y ejecutados por las empresasresponsables, su importe correspondiente será abonado por el contratista a la empresa en

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