21.08.2015 Views

D O C U M E N T O S D E L I C I T A C I Ó N

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato 279CGC 27.1Incumplimiento del Plan de Trabajos:Cuando sin mediar causa justificada, la certificación acumulada registre unadisminución superior al 10% respecto de la establecida en el Plan de Trabajosal que se refiere la Subcláusula CGC 25.1, se aplicará una multa en cada mesen que presente dicha deficiencia, por el equivalente a los siguientesporcentajes del Precio del Contrato:Atraso incurridoMulta de aplicaciónHasta 10%0 o / ooMás de 10% y hasta 20% 1,5 o / ooMás de 20%3,5 o / ooLa multa o Compensación por Daños y Perjuicios a la que se refiere el párrafoanterior tendrá carácter preventivo, es decir que si la Contratista recuperaparcial o totalmente los atrasos antes de llegar al tope máximo deCompensación, a pedido del Contratista, el Contratante condonará lascompensaciones acreditando los montos retenidos, parcial o totalmente segúncorresponda y con las deducciones pertinentes. Dichos montos le seránacreditados con la emisión del Certificado de Terminación de los Trabajos, noasistiendo al Contratista derecho a reclamar ningún tipo de interés sobre elparticular.El incumplimiento de plazos de entrega o la falta de provisión de materialesy/o accesorios por parte de sus proveedores no será admitido como causal deincumplimiento del Plan de TrabajosSuspensión de los trabajos:Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa debidamente justificada, se leaplicará una multa equivalente al CERO COMA CINCO POR MIL (0,5 ‰)del monto contractual actualizado, por cada día de paralización, siempre queesto no implique un incumplimiento grave del Contrato en los términos de laSubcláusula CGC 56.2El Contratista adecuará su labor para cumplir con el plazo establecido, aunquedeba trabajar en días u horas inhábiles. Si el Contratista dispone trabajar enesos días u horas lo hará a su exclusiva costa e informará al Inspector conantelación suficiente. El Contratista cumplirá con la normativa vigente.C. Control de la CalidadCGC 31.2CGC 33.1Se agrega esta Subcláusula:El contratista solicitará al inspector, en tiempo oportuno, autorización paraejecutar los puntos a) Trabajos que cubran Obras cuya cantidad y calidadserían de difícil comprobación una vez cubiertas; y b) Tareas de mediciónposterior imposible.El Período de Responsabilidad por Defectos es: trescientos sesenta y cinco(365) días.Por no cumplir en tiempo las reparaciones solicitadas en este período se leaplicará al Contratista una multa diaria del CERO COMA TRES POR MIL(0,3 ‰) del monto contractual actualizado, hasta que dé cumplimiento a loestablecido.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!