21.08.2015 Views

D O C U M E N T O S D E L I C I T A C I Ó N

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato 275CGC 8.1CGC 9.3se destinarán a:a. Libro de Actas:Se destinará al asiento de las actas que se labren en cada etapa de la obra(Actas de Inicio de Obras, de Recepción Provisoria y de Recepción Definitiva),y de los convenios especiales que se concierten entre el Contratante y elContratista, dentro de sus respectivas atribuciones. Las Actas serán firmadaspor el Gerente de Obra y por el Representante Técnico del Contratista.b. Libro de Notas de Pedido:El Contratista tendrá en obra un libro destinado al asiento de sus Pedidos yReclamaciones. Cada Nota de Pedido deberá ser suscrita por el RepresentanteTécnico.c. Libro de <strong>Ó</strong>rdenes de Servicio:Toda disposición relativa a las Obras será comunicada por el Gerente deObras al Contratista mediante <strong>Ó</strong>rdenes de Servicio, que serán registradas yconsignadas por orden de fecha en el libro correspondiente. Toda enmienda oraspadura será debidamente aclarada, testada y autorizada por el Gerente deObras.Las <strong>Ó</strong>rdenes de Servicio tendrán el carácter obligatorio común a todos losdocumentos del contrato. Serán dadas dentro de las estipulaciones del mismo yno implicarán modificaciones en las obras ni ejecución de trabajos adicionalessalvo el caso en que se hiciera manifestación expresa de lo contrario, en cuyocaso se procederá de acuerdo a las estipulaciones de las cláusulas 37 en cuantocorresponda.Si en la opinión del Contratista una orden impartida por el Gerente de Obrasexcediera los términos del contrato, al notificarse de la misma deberá indicar,dentro de los 5 días hábiles siguientes, su disconformidad por escrito en elRegistro de Notas de Pedido. La disconformidad que formule el Contratista acualquier Orden de Servicio, no lo exime de cumplirla si ella fuera ratificadapor el Gerente de Obras.El Contratista está obligado a acusar recibo de cada Orden de Servicio yfirmarlas cada vez que sea requerido por el Gerente de Obra. En cada ocasiónque el Contratista o su Representante Técnico se negaran a notificarse de unaOrden de Servicio o no procedieran a su cumplimiento, se le aplicará unamulta equivalente al CERO COMA TRES POR MIL (0,3 ‰) del montocontractual actualizado por cada día de incumplimiento.No hay otros Contratistas en la zona de obras.Se agrega esta Sub Cláusula:El Contratista estará obligado a cumplir con todas las disposiciones de lalegislación vigente en la República Argentina en materia laboral y previsional asícomo las que establezcan las convenciones de trabajo, entendiéndose que todaslas erogaciones que ello le ocasione están incluidas en su oferta. Deberá exhibir,cuando el Inspector de Obras lo requiera, todos los documentos necesarios a finde acreditar su cumplimiento.El incumplimiento o las infracciones a las leyes laborales y previsionales seránpuestos en conocimiento de las autoridades competentes por intermedio delContratante, atento que el Gerente de Obra se reserva la facultad de auditar el

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!