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D O C U M E N T O S D E L I C I T A C I Ó N

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

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252 Sección VII. Condiciones Generales del Contratopropiedad del Contratante. El Contratista deberá notificaral Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguirlas instrucciones que éste imparta sobre la manera deproceder.20. Toma de posesióndel Sitio de lasObras21. Acceso al Sitio delas Obras22. Instrucciones,Inspecciones yAuditorías20.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de latotalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara laposesión de alguna parte en la fecha estipulada en lasCEC, se considerará que el Contratante ha demorado elinicio de las actividades pertinentes y que ello constituyeun evento compensable.21.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y acualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitiode las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizandoo se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.22.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones delGerente de Obras que se ajusten a la ley aplicable en elSitio de las Obras.22.2 El Contratista permitirá y realizará todos los trámites paraque sus Subcontratistas o Consultores permitan que elBanco y/o las personas designadas por el Bancoinspeccionen las cuentas y registros contables delContratista y sus sub contratistas relacionados con laejecución del contrato y realice auditorías por medio deauditores designados por el Banco, si así lo requiere elBanco. El Contratista, Subcontratistas y Consultoresdeberá prestar atención a lo estipulado en la subcláusula57.1, según la cual las actuaciones dirigidas a obstaculizarsignificativamente el ejercicio por parte del Banco de losderechos de inspección y auditoría consignados en lasubcláusula 22.2 constituye una práctica prohibida quepodrá resultar en la terminación del contrato (al igualque en la declaración de inelegibilidad de acuerdo a lasNormas de Adquisiciones).23. Selección delConciliador23.1 El Conciliador deberá ser elegido conjuntamente por elContratante y el Contratista en el momento de expediciónde la Carta de Aceptación. Si por alguna razón, elContratante no está de acuerdo con la designación delConciliador al momento de expedición de la Carta deAceptación, el Contratante solicitará que la AutoridadNominadora estipulada en las CEC designe al

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