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D O C U M E N T O S D E L I C I T A C I Ó N

Pliego - Departamento de Hidraulica - San Juan

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Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato 277CGC 14.1CGC 18.1CGC 20.1CGC 23.1 yCGC 23.2CGC 24.3CGC 24.4garantizar el cumplimiento del Contrato, deberán ser a entera satisfacción delContratante.En caso de producirse algún hecho cubierto por estos seguros, se deberá informarfehacientemente al contratante dentro de las 24 horas.Todos los comprobantes de pagos de seguros se entregarán ante de cadacertificación y/o cuando el contratante lo requiera.Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: No se proveeránInformes de Investigación de la Zona de las Obras. El Contratista podrá consultaren las oficinas del Contratante los antecedentes topográficos y las memorias decálculo de las Obras.El Contratista deberá cumplir con la legislación nacional y provincial vigente enlo referente a Higiene y Seguridad en el Trabajo y Medio Ambiente.El Contratista deberá presentar los Certificados de Cobertura del personal alGerente de Obra con 15 días de anticipación al inicio de obra, conjuntamente conel Programa de Seguridad aprobado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo(ART) y una descripción de los de riesgos potenciales y de los equipos deprotección y medidas preventivas, todo firmado por el Representante Técnico, elJefe de Obras y el responsable de Higiene y Seguridad Laboral en la obra.Cuando, sin mediar causa justificada, el Contratista no dé cumplimiento a lasNormas y disposiciones sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, y MedioAmbiente enumeradas aquí, se le aplicará una multa equivalente al CEROCOMA TRES POR MIL (0,3 ‰) del monto contractual actualizado por cada díaque se verifique el atraso.La fecha de toma de posesión de la zona de las Obras será, a más tardar, 10 (diez)días luego de la firma del Contrato, coincidentemente con el momento delreplanteo inicial.La Autoridad Nominadora del Conciliador es: Consejo Profesional de Ingenierosy Agrimensores de la Provincia de San Juan.Los honorarios y gastos reembolsables pagaderos al Conciliador serán: pesostrescientos ($300,00) diarios, contabilizados por día de audiencia, no sereconocerán gastos fuera de las fechas de audiencias.Los reglamentos de los procedimientos para los procesos de arbitraje, serán:a. Contrato con un contratista extranjero: Cualquier disputa, controversia oreclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento,cesación, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje deconformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la CNUDMI.El lugar de arbitraje será: Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica.b. Contrato con un contratista del país del contratante: Cualquier disputa,controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o porincumplimiento, cesación, o anulación del mismo, deberán ser resueltoconforme a los procedimientos establecidos en la Ley Provincial de ObrasPúblicas Nº 3734 reglamentada por el decreto Nº 1432/OP/73, de la provincia deSan Juan, República Argentina.El lugar de arbitraje será la ciudad de San Juan, Argentina.

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