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Gipuzkoako Lurralde Historikoaren Kontu Orokorra Cuenta General ...

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− En 23 subvenciones concedidas por importe de 5.070 miles de euros, no se ha exigido a<br />

los beneficiarios estar al corriente de sus obligaciones fiscales y sociales.<br />

− En relación con la concesión de anticipos a cuenta de las subvenciones concedidas se<br />

han detectado las siguientes deficiencias:<br />

120<br />

• En 9 subvenciones nominativas y directas concedidas por importe de 12.284 miles<br />

de euros, se anticipó el 100% del importe de la subvención, sin acreditar<br />

previamente el cumplimiento de la finalidad que motivó la concesión, incumpliendo<br />

el apartado tercero de la Orden Foral nº 327, que desarrolla el Decreto Foral 27/1993<br />

de concesión de subvenciones.<br />

• En 26 subvenciones concedidas por importe de 7.893 miles de euros se anticipa un<br />

porcentaje inferior al 100% sin fijar garantías.<br />

• En 10 decretos reguladores de subvenciones por los se han concedido un total de<br />

6.729 miles de euros de subvención, se contempla la posibilidad de efectuar<br />

anticipos (entre el 50% y 80%), sin que se establezca la forma y cuantía de las<br />

garantías que han de aportar los beneficiarios de las ayudas.<br />

Deficiencias específicas de las subvenciones analizadas<br />

Nominativas<br />

− La actividad de la Fundación Euskadi, que ha recibido una subvención de la DFG por<br />

importe de 900 miles de euros, ha resultado excedentaria en 780 miles de euros, por lo<br />

que en la subvención concedida por la DFG debería haberse limitado la cuantía de la<br />

subvención.<br />

− Udalbide Elkarlan Elkartea, beneficiaria de una subvención por importe de 453 miles de<br />

euros, ha repartido ayudas a terceros por 333 miles de euros, sin la realización de una<br />

convocatoria para el cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia.<br />

Directas<br />

− Tres diputados forales aprueban incrementos de 4 subvenciones nominativas y conceden<br />

3 subvenciones directas por un importe global de 792 miles de euros, cuando el órgano<br />

competente para dichas aprobaciones es el Consejo de Diputados, incumpliendo el<br />

artículo 18.7 de la Norma Foral 12/2005, de Presupuestos <strong>General</strong>es del Territorio<br />

Histórico de Gipuzkoa para 2006. Posteriormente, el Consejo de Diputados convalida la<br />

resolución de concesión de dichas subvenciones.<br />

− En el convenio de colaboración suscrito entre la DFG y un club deportivo, para la<br />

concesión de una subvención por importe de 1.851 miles de euros para la adquisición del<br />

60% del coste de adquisición de una franquicia-plaza en la liga de baloncesto ACB, se<br />

preveía el reintegro a la DFG de cualquier contraprestación recibida por el beneficiario<br />

por la transmisión de dicha franquicia al abandonar la liga ACB. Habiéndose producido el<br />

abandono de la liga ACB, el club no ha vendido la franquicia, por lo que no se ha<br />

reintegrado ninguna cantidad.

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