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Gipuzkoako Lurralde Historikoaren Kontu Orokorra Cuenta General ...

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− El Departamento para la Política Social adquiere tres viviendas destinadas al<br />

acogimiento residencial de menores por un importe total de 1.360 miles de euros. En<br />

estas adquisiciones el valor de compra supera en 41 miles de euros al valor de tasación.<br />

− El 5 de diciembre de 2006 el Consejo de Diputados acuerda el traspaso a las<br />

Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco de los 157.800 metros<br />

cuadrados de la Escuela de Formación Agraria de Fraisoro de Zizurkil, elevándose a<br />

escritura pública en mayo de 2007. Este acuerdo regulariza la situación que se produjo<br />

tras la aprobación del Decreto Foral 22/1985, por el que se traspasaba dicha escuela,<br />

siendo efectiva la transferencia desde el 1 de enero de 1985.<br />

− No se ha aprobado por el Consejo de Diputados el inventario general según lo previsto<br />

en el artículo 29 de la NF 8/1996, de Patrimonio.<br />

II.7 ORGANISMO AUTÓNOMO ULIAZPI<br />

En relación con este organismo autónomo destacamos los siguientes aspectos:<br />

− Se han ejecutado a lo largo del ejercicio diversos trabajos de reforma con un proveedor<br />

por un importe total de 104 miles de euros y diversos suministros de alimentación con<br />

trece proveedores por un importe total de 275 miles de euros, cuya adquisición podría<br />

haber sido realizada por expediente de contratación a precios unitarios o por lotes, en<br />

un procedimiento abierto.<br />

− Se han contratado gastos por importe de 131 miles de euros con proveedores de la DFG,<br />

sin que exista la adhesión a sistemas de contratación centralizada entre el Organismo<br />

Autónomo Uliazpi y la DFG, de acuerdo con la disposición adicional décima del TRLCAP.<br />

II.8 SOCIEDAD PÚBLICA IZFE, SA<br />

En relación con esta sociedad pública destacamos los siguientes aspectos:<br />

− El Director-Gerente de la Sociedad fue contratado en el año 1996 en la modalidad de<br />

alta dirección (previsto en el RD 1382/1985), reconociéndole, para el caso de extinción<br />

del contrato, el derecho a una indemnización de un mes por año trabajado con un<br />

máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, la indemnización establecida para el cese de<br />

los cargos de la DFG es de una mensualidad, más una prestación temporal del 40% del<br />

salario mensual durante un período de 3 a 12 meses (según el número de años de<br />

permanencia en el puesto) si se encuentra en situación de desempleo.<br />

125<br />

La DFG debería limitar las condiciones generales y las cláusulas<br />

indemnizatorias de los contratos de alta dirección de un modo acorde con<br />

los importes establecidos para los altos cargos de la Administración.

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