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Gipuzkoako Lurralde Historikoaren Kontu Orokorra Cuenta General ...

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Cualquier otra aportación económica realizada al margen de los Convenios de<br />

colaboración regulados en la Norma Foral 3/2004 a favor de una entidad o asociación que<br />

constituyan la contraprestación de entregas de bienes o servicios prestados por esta última,<br />

si constituirán la base imponible de operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.<br />

En base a lo expuesto y con la información disponible a esta fecha se considera que no<br />

hay elementos suficientes para concluir que las entidades señaladas por el TVCP debieran<br />

haber repercutido IVA en las operaciones descritas en el informe.<br />

No obstante y en el supuesto que se haya realizado una incorrecta repercusión del IVA se<br />

solicitará de las mencionadas entidades rectificación las facturas emitidas, de acuerdo con lo<br />

preceptuado en el Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, de adaptación de la Ley<br />

37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.<br />

Por último, señalar que, atendiendo las recomendaciones del TVCP, se va a incluir la<br />

revisión de estas operaciones dentro de las comprobaciones que de forma habitual se vienen<br />

realizando desde los servicios de gestión tributaria.<br />

En 9 subvenciones nominativas y directas concedidas por importe de 12.284 miles de euros,<br />

se anticipó el 100% del importe de la subvención, sin acreditar previamente el cumplimiento<br />

de la finalidad que motivó la concesión, incumpliendo el apartado tercero de la Orden Foral<br />

nº 327, que desarrolla el Decreto Foral 27/1993 de concesión de subvenciones.<br />

Alegación<br />

1- Con carácter general, el anticipo del 100% de su importe se corresponde con<br />

subvenciones reguladas mediante convenios de carácter plurianual, en los que se ha<br />

anticipado el 100% de la primera anualidad, es decir se ha abonado el 100% del presupuesto<br />

correspondiente al ejercicio pero no del importe de la subvención.<br />

Por otro lado resaltar que las citadas subvenciones están destinadas a financiar proyectos<br />

de las Universidades del País Vasco o de entidades sin ánimo de lucro de reconocido<br />

prestigio y en el algún caso, se conceden a entidades en las que la propia DGF es socio o<br />

miembro fundador con participación en sus órganos de gobierno.<br />

2- Referente a la subvención concedida a Oarsoaldeko Industrialdea, S.A. para financiar las<br />

obras de construcción de un polígono industrial en el puerto de Pasaia, en el Muelle<br />

Donibane (Naval-Aldea) hay que señalar que se trata de una subvención “singular”<br />

concedida al amparo de un convenio suscrito el año 2002, que contempla el carácter<br />

reintegrable de la subvención en función de los resultados obtenidos de la futura venta de<br />

los pabellones y que en dicho convenio no se estipulaba la fijación de garantías.<br />

3- Con relación a las subvenciones a cuatro Ayuntamientos (Leintz-Gatzaga, Pasaia,<br />

Idiazabal y Eskoriaza) se considera que en los cuatro expedientes se han dado las razones<br />

que avalan la concesión directa de subvenciones, de acuerdo con lo que disponen tanto el<br />

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