Abrir documento - Comunidad Andina
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AVANCES Y RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE LA COMUNIDAD ANDINA EN MATERIA DE MIGRACIONES<br />
Asimismo, se creó el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, cuyos Capítulos<br />
correspondientes requieren ser ubicados en la propia Zona de Integración Fronteriza. Al respecto, el Capítulo<br />
Ecuatoriano se encuentra ubicado en la referida ZIF. No obstante, el Capítulo Peruano se encuentra ubicado<br />
en Lima.<br />
En el marco del Plan Binacional, el Proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional<br />
Catamayo-Chira, luego de diez (10) años de operaciones, culminará al finalizar el año 2011.<br />
Asimismo, en el marco de la institucionalidad binacional en esta ZIF, se ha implementado la Vitrina Turística<br />
Binacional: Loja – Piura, a partir de la cual se promueve la homologación de cobros para los nacionales de<br />
Ecuador y Perú en los hoteles de ambas jurisdicciones, intercambios comerciales y de servicios varios, entre<br />
otras actividades que fortalecen el proceso de integración binacional entre ambos países andinos.<br />
No obstante los avances identificados, también se ha observado un limitado conocimiento de la normativa<br />
andina por parte de los Comités de Frontera y otras autoridades de la ZIF, debido entre otros factores a la:<br />
− Ausencia de capacitación en la materia a las autoridades que conforman el Comité de Frontera y otras<br />
autoridades afines;<br />
− Insuficiente coordinación con los entes centrales que generan y aprueban las normas andinas;<br />
Asimismo, de acuerdo a la información recabada, existe una incipiente difusión de los parámetros que rigen<br />
la normativa andina en la Zona de Integración Fronteriza Ecuatoriano-Peruana en materia migratoria. En este<br />
sentido, se requeriría la aplicación de Decisión 501 en lo referente a su norma que dispone: ‘Información y<br />
capacitación en frontera para funcionarios, prestatarios de servicios complementarios y usuarios, sobre las<br />
normas que conforman el ordenamiento jurídico de la <strong>Comunidad</strong> <strong>Andina</strong> y las normas binacionales que<br />
regulan el flujo de personas por los pasos de frontera, incluyendo la publicación de manuales y guías, entre<br />
otros medios, de información al público’ 82 .<br />
Es preciso destacar la necesidad que los mecanismos binaciones de las ZIF se lleven a cabo en la propia<br />
zona con miras a la visibilidad de la realidad que se experimenta en esta jurisdicción. A modo de ejemplo, el<br />
Capítulo Peruano del Plan Binacional Perú-Ecuador, de similar forma que el Capítulo Ecuatoriano, debería de<br />
estar ubicado en la ZIF Ecuatoriano-Peruana.<br />
IV.1.3 acciones operativas comunitarias<br />
Con relación a las acciones comunitarias que se requieren para la operatividad de la normativa andina<br />
relacionada con la facilitación de la circulación y control migratorio en el espacio intracomunitario, se ha<br />
identificado prioritariamente los avances en el trato nacional al turista andino y el uso de la TAM como fuente<br />
de estadísticas.<br />
Aplicación del Trato nacional al Turista Andino (Decisión 503)<br />
Para la efectiva aplicación de trato nacional al turista andino se requiere acciones comunitarias impulsadas<br />
principalmente por la Secretaría General de la CAN y Comités Técnicos especializados competentes. Al respecto,<br />
destaca la acción comunitaria de la Secretaría General de la CAN, a partir de convenios celebrados para<br />
impulsar la difusión de los derechos de los ciudadanos andinos en materia migratoria. A modo de ejemplo,<br />
cabe destacar la elaboración de la Cartilla Informativa <strong>Andina</strong> en el marco del Proyecto OIM-SGCAN:<br />
82 COMUNIDAD ANDINA. Decisión 501.