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Abrir documento - Comunidad Andina

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148<br />

AVANCES Y RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE LA COMUNIDAD ANDINA EN MATERIA DE MIGRACIONES<br />

Asimismo, se creó el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, cuyos Capítulos<br />

correspondientes requieren ser ubicados en la propia Zona de Integración Fronteriza. Al respecto, el Capítulo<br />

Ecuatoriano se encuentra ubicado en la referida ZIF. No obstante, el Capítulo Peruano se encuentra ubicado<br />

en Lima.<br />

En el marco del Plan Binacional, el Proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional<br />

Catamayo-Chira, luego de diez (10) años de operaciones, culminará al finalizar el año 2011.<br />

Asimismo, en el marco de la institucionalidad binacional en esta ZIF, se ha implementado la Vitrina Turística<br />

Binacional: Loja – Piura, a partir de la cual se promueve la homologación de cobros para los nacionales de<br />

Ecuador y Perú en los hoteles de ambas jurisdicciones, intercambios comerciales y de servicios varios, entre<br />

otras actividades que fortalecen el proceso de integración binacional entre ambos países andinos.<br />

No obstante los avances identificados, también se ha observado un limitado conocimiento de la normativa<br />

andina por parte de los Comités de Frontera y otras autoridades de la ZIF, debido entre otros factores a la:<br />

− Ausencia de capacitación en la materia a las autoridades que conforman el Comité de Frontera y otras<br />

autoridades afines;<br />

− Insuficiente coordinación con los entes centrales que generan y aprueban las normas andinas;<br />

Asimismo, de acuerdo a la información recabada, existe una incipiente difusión de los parámetros que rigen<br />

la normativa andina en la Zona de Integración Fronteriza Ecuatoriano-Peruana en materia migratoria. En este<br />

sentido, se requeriría la aplicación de Decisión 501 en lo referente a su norma que dispone: ‘Información y<br />

capacitación en frontera para funcionarios, prestatarios de servicios complementarios y usuarios, sobre las<br />

normas que conforman el ordenamiento jurídico de la <strong>Comunidad</strong> <strong>Andina</strong> y las normas binacionales que<br />

regulan el flujo de personas por los pasos de frontera, incluyendo la publicación de manuales y guías, entre<br />

otros medios, de información al público’ 82 .<br />

Es preciso destacar la necesidad que los mecanismos binaciones de las ZIF se lleven a cabo en la propia<br />

zona con miras a la visibilidad de la realidad que se experimenta en esta jurisdicción. A modo de ejemplo, el<br />

Capítulo Peruano del Plan Binacional Perú-Ecuador, de similar forma que el Capítulo Ecuatoriano, debería de<br />

estar ubicado en la ZIF Ecuatoriano-Peruana.<br />

IV.1.3 acciones operativas comunitarias<br />

Con relación a las acciones comunitarias que se requieren para la operatividad de la normativa andina<br />

relacionada con la facilitación de la circulación y control migratorio en el espacio intracomunitario, se ha<br />

identificado prioritariamente los avances en el trato nacional al turista andino y el uso de la TAM como fuente<br />

de estadísticas.<br />

Aplicación del Trato nacional al Turista Andino (Decisión 503)<br />

Para la efectiva aplicación de trato nacional al turista andino se requiere acciones comunitarias impulsadas<br />

principalmente por la Secretaría General de la CAN y Comités Técnicos especializados competentes. Al respecto,<br />

destaca la acción comunitaria de la Secretaría General de la CAN, a partir de convenios celebrados para<br />

impulsar la difusión de los derechos de los ciudadanos andinos en materia migratoria. A modo de ejemplo,<br />

cabe destacar la elaboración de la Cartilla Informativa <strong>Andina</strong> en el marco del Proyecto OIM-SGCAN:<br />

82 COMUNIDAD ANDINA. Decisión 501.

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