Abrir documento - Comunidad Andina
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AvAnces y recomendAciones pArA LA impLementAción de LA normAtivA de LA comUnidAd AndinA en mAteriA de miGrAciones<br />
• Decisión 504: Creación del Pasaporte Andino (2001)<br />
Esta Decisión creó el <strong>documento</strong> de viaje denominado “Pasaporte Andino”, que corresponde en realidad<br />
a la obligación de los Países Miembros de expedir todos sus pasaportes conteniendo en la carátula<br />
la palabra “<strong>Comunidad</strong> <strong>Andina</strong>” con base en un modelo uniforme y que es utilizado por los ciudadanos<br />
comunitarios en sus movimientos migratorios. La norma refiere que dicho instrumento coadyuvará a la<br />
consolidación de una conciencia y cohesión comunitaria entre los nacionales de los Países Miembros y<br />
a la identificación internacional de la <strong>Comunidad</strong> <strong>Andina</strong> como un conjunto de países comprometidos<br />
con un proyecto integrador común.<br />
• Decisión 548: Mecanismo Andino de Cooperación en Materia de Asistencia y Protección Consular y<br />
Asuntos Migratorios (2004)<br />
El objetivo de esta Decisión es brindar a los nacionales de los Países Miembros la protección y asistencia<br />
en el lugar donde se encuentren, así como crear un mecanismo institucionalizado de cooperación<br />
en materia migratoria. Cabe destacar que el mecanismo de protección consular andino se activa en el<br />
caso de que no exista representación diplomática ni consular del país de origen del ciudadano andino<br />
en aquellos supuestos mencionados en la Decisión. En tal sentido, el ciudadano andino que enfrenta<br />
una situación de emergencia no tiene que trasladarse hasta el consulado más cercano de su país de<br />
origen para solicitar protección consular; basta que exista un consulado de algún País Miembro en ese<br />
lugar para que el ciudadano pueda ejercer el derecho en mención. Asimismo, se debe tener en cuenta<br />
que conforme al artículo 10 de la mencionada Decisión, son los consulados de carrera y secciones<br />
consulares de las embajadas de los Países Miembros así como los consulados honorarios (de manera<br />
excepcional) los que tendrán que hacer efectivo el contenido de la norma. Finalmente, cabe resaltar que<br />
la falta de reglamentación de esta Decisión no implica la suspensión de la misma, toda vez que ella se<br />
encuentra vigente y su naturaleza es de aplicación directa.<br />
TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN<br />
Esta se inicia a partir de la normativa comunitaria andina en materia migratoria, a través de la cual se otorga<br />
a los ciudadanos andinos una serie de derechos que les permite beneficiarse directamente del proceso de<br />
integración andino. En las páginas siguientes, se identificará el nivel de implementación de dicha normativa en<br />
Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú para, posteriormente, presentar propuestas concretas que busquen facilitar<br />
su plena operatividad.<br />
El Capítulo 2, específicamente, se concentrará en ofrecer un panorama general sobre los aspectos normativos,<br />
socioeconómicos y migratorios de la <strong>Comunidad</strong> <strong>Andina</strong> con la finalidad de ofrecer al lector un marco<br />
introductorio sobre el espacio intracomunitario y los procesos migratorios en la subregión. En el Capítulo 3<br />
se procederá a realizar una explicación general del marco normativo en materia migratoria, identificando sus<br />
características más relevantes. A partir de esta explicación general, el Capítulo 4 presentará los avances en<br />
la implementación de la normativa andina en materia migratoria que se ha logrado identificar en los Países<br />
Miembros mediante las técnicas de investigación de campo descritas anteriormente. El Capítulo 5 presentará<br />
propuestas concretas para la implementación de la normativa andina en materia migratoria a nivel nacional,<br />
binacional y comunitario. Para facilitar la lectura, se ha confeccionado una matriz donde se presentan los indicadores<br />
utilizados así como los avances y dificultades en la implementación de la referida normativa con la<br />
finalidad de sustentar las propuestas y sugerir a los actores principales que podrían estar involucrados con su<br />
implementación. A manera de conclusión, el Capítulo 6 ofrecerá algunas reflexiones finales sobre la diversidad<br />
de temas abordados para consideración del lector.