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DONATIVo / - Universidad Complutense - Universidad Complutense ...

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—361—<br />

o indirecta. Desde el punto de vista dogmático, el rechazo a la<br />

teoría se ha basado en el reconocimiento de los derechos<br />

fundamentales como valores normativos de significado objetivo.<br />

Forsthoff en 1959, en un articulo en Festchrift fú’r Carl<br />

Schmaltt, crítica severamente la teoría de la .Drittwirkung y<br />

escrí be<br />

‘~Los derechos fundamentales no constituyen un sistema’,<br />

porque cada uno de aquellos responde en su establecimiento<br />

una finalidad protectora del ciudadano frente al poder<br />

público, ni cabe referir al Estado la función de fijación<br />

de los valores, que es un concepto filosófico cuya<br />

imputación y cuyo dominio es exclusivo de la persona<br />

individual...”. “Nadie ha demostrado que la Drittw’irkung<br />

responde a una auténtica necesidad social patentizada por<br />

la conveniencia de proteger al individuo frente a grupos<br />

sociales ajenos al Estado, por ausencia de otros cauces<br />

juridicos” 2~.<br />

Los críticas de Forsthoff a la configuración de los derechos<br />

fundamentales como un sistema de valores, fueron secundados aflos<br />

más tarde por un importante sector de la doctrina, pero la<br />

trayectoria ideológica es diferente. Veamos algunas de las<br />

posiciones dentro de esta corriente.<br />

Otwin Massing opina que la consideración de los derechos<br />

fundamentales cono orden de valores tiene finalidad<br />

sociopolitica, y lo considera como instrumento para la cohesión

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