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2010_CEOCB_monografia Santiago Maravatio.pdf - Inicio

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<strong>Santiago</strong> Maravatío.<br />

232<br />

pedimos y suplicamos se sirva de proveer y mandar, según llevamos referido, por ser justicia que<br />

pedimos con estas que es lo necesario.<br />

Prosiguen los naturales Decimos que el Vicario y Juez de la ciudad de Salvatierra es<br />

apasionado por los religiosos agustinos y como tal le recusamos, y porque los testigos que los<br />

religiosos pueden presentar en dicha Justicia son sus sirvientes, criados , amigos, parientes o<br />

arrendatarios, los cuales examinándose a la vista de los religiosos, por tener respeto o amistad,<br />

declararon lo que los religiosos les indicaron. A Vuestra Altísima pedimos y suplicamos se sirva de<br />

mandar que los testigos de los religiosos del juramento por ser justicia que pedimos ut supra:<br />

Melchor de los Reyes – Juan de la Cruz y otros Firma. En la ciudad de Valladolid a 10 días del mes de<br />

octubre de 1713. ( A.G.N. Tierras vol . 294.)<br />

XII.10 Pleito de los Frailes de Yuririhapúndaro con otros Pueblos<br />

En los primeros días del mes de octubre de 1713, el Lic. Alonso Arias Maldonado,<br />

Abogado de la Real Audiencia de México , en nombre del Padre Prior. Fr. Alonso de Esqueda y los<br />

reverendos padres conventuales del convento de San Agustín del pueblo de San Pablo de<br />

Yuririhapúndaro, se hizo cargo del pleito que dichos religiosos traían con los naturales de varios<br />

pueblos a quienes ellos adoctrinaban. Los pueblos que se mencionan aquí son los siguientes:<br />

Casacuarán, La Ciénaga de Guanguecho, Poruyo, Piñícuaro, Sepio, Tarecato, Ozumbilla, <strong>Santiago</strong><br />

Maravatío. Sin mencionar a muchos otros que por respeto, guardaron silencio.<br />

(A. G. N., Ramo Mercedes, Vol. 7.)<br />

Los naturales pidieron al Capitán D. Miguel de Munarás, Alcalde Mayor que fue de<br />

Celaya, que los amparase, como en efecto los amparó. Los naturales de los pueblos mencionados no<br />

tuvieron confianza con las autoridades de Yuririhapúndaro, ya que dichas autoridades estaban muy<br />

de su parte de los religiosos a quienes estimaban y protegían; los naturales al fin eran indios y como<br />

indios nada significaban ni valían.<br />

Los naturales tenían todas las seguridades de sus mercedes que muchas veces los<br />

religiosos, dizque hasta con el propósito de guardárselas, cuando llegaron incidencias propias del<br />

tiempo, los naturales, muchos de ellos, se acercaron a Yuririhapúndaro, descuidando<br />

temporalmente, sus propias mercedes, y esta fue la razón por la cual los religiosos agustinos del<br />

convento de Yuririhapúndaro invadieron dichos terrenos, defendiéndolos como propios.<br />

Primeramente, en todas las alegaciones, los testigos que ellos, los religiosos, arrimaban,<br />

siempre aconsejados o por respeto, como haya sido, estaban muy de parte de los frailes y los<br />

naturales, al fin indios… nada podían hacer; pero el respeto y admiración a los padres era mucho y<br />

esto influía a favor de los reverendos.<br />

Todos los documentos del Lic. Alonso Arias Maldonado, los firmaba de recibidos Juan<br />

Francisco de Figuereda, Notario Público y Delegado de Oficios, dichos escritos al obispo electo de<br />

Valladolid Dr. Don Felipe Ignacio de Trujillo y Guerrero del Consejo de su Majestad.<br />

1726.- El 18 de noviembre de 1726, el Prior del Convento de Yuririhapúndaro, Fr. Julio

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