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dependencias federales y territorios federales y municipios, en Venezuela) 6 .<br />
Esos entes son autónomos en los términos de la Constitución federal: la<br />
autonomía administrativa les da competencia para autoorganizar sus órganos<br />
y servicios; la autonomía legislativa les confiere competencia para editar<br />
leyes, incluyendo la Constitución estatal (si fuera estado), distrital (en el caso<br />
del Distrito Federal) o la ley orgánica (en los municipios); y la autonomía<br />
política les atribuye competencia para elegir los miembros de sus respectivos<br />
poderes Ejecutivo y Legislativo 7 .<br />
¿En qué sentido esa diferencia de sistemas político-administrativos delimita<br />
el «valor» de un estudio comparativo de la legislación educativa de los países<br />
del Mercosur en la educación infantil?<br />
Aunque las leyes tengan, en todos ellos, el mismo poder de mandato,<br />
los estados unitarios editan el marco legal completo y formulan la política<br />
nacional para todo el territorio. Las divisiones territoriales (departamentos,<br />
provincias, distritos, regiones o el nombre que adopten) colaboran, pero<br />
no constituyen esferas independientes de decisión legislativa y política.<br />
Sin desentonar del sistema político-administrativo del estado unitario, los<br />
gobiernos de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay<br />
van progresivamente haciendo partícipes a los gobiernos departamentales en<br />
la provisión de la educación infantil. Así consta en los programas de atención<br />
y educación de la primera infancia (AEPI) de Paraguay 8 : «En la estructura<br />
organizativa de la educación inicial destaca el nuevo papel asumido por los<br />
gobiernos y municipalidades y las comunidades locales en la gestión de los<br />
servicios educativos, entre ellos, los de la educación inicial y preescolar, así<br />
como en todo problema educativo de sus respectivas jurisdicciones».<br />
Sin embargo, la red de centros de educación inicial es nacional, como<br />
se lee en los artículos 16 al 19 del Reglamento de Educación Inicial y<br />
Preescolar 9 . La estructura de esa red tiene dos formas de organización: la<br />
6. El artículo 4.º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) indica: «La República<br />
Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta<br />
Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia<br />
y corresponsabilidad». Las dependencias federales son las islas marítimas no integradas en el territorio de<br />
un Estado (art. 17). La autonomía municipal será regulada por ley orgánica (art. 16 de la CRBV). El Poder<br />
Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional (art. 136 de la CRBV).<br />
Los municipios constituyen «la unidad política primaria de la organización nacional» (art. 168).<br />
7. VASCONCELOS JUNIOR, 2011.<br />
8. Programa de Educación y Atención de la Primera Infancia (AEPI) (UNESCO, 2007b).<br />
9. PARAGUAY. MEC, 2006c.<br />
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