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egulado por la ley n.º 11.494/2007 112 con tres objetivos de importancia<br />

crucial: a) dar efectiva unidad y aplicación práctica, a través de la financiación,<br />

al concepto de educación básica en cuanto formada de tres etapas: infantil,<br />

fundamental y media; b) establecer un nivel mínimo nacional de financiación<br />

de la educación básica por alumno-año en cada una de esas etapas; e c) igualar<br />

las condiciones de calidad de la educación básica dentro del mismo Estado,<br />

entre las redes municipales y la red estatal de enseñanza.<br />

De esa forma, el Fundeb supone un mecanismo de asignación de recursos<br />

económicos que garantiza un mismo valor por matrícula —en la correspondiente<br />

etapa y modalidad de educación básica, dentro de un mismo estado—<br />

en cualquier establecimiento de enseñanza pública. Aunque se llame fondo<br />

nacional, existen 26 fondos estatales y uno distrital. Cada uno de ellos está<br />

formado por un 20 % de los respectivos recursos provenientes de impuestos<br />

federales y estatales, es decir, por un 80 % del porcentaje de impuestos<br />

vinculados constitucionalmente al mantenimiento y al desarrollo de la<br />

enseñanza. El porcentaje de los impuestos recaudados por los municipios,<br />

vinculados también a la educación infantil y a la educación primaria, no<br />

entra en el Fondo, aunque eso no los exime de aplicarlo en esas dos etapas de<br />

la educación. La Unión aporta anualmente un valor equivalente a, como mínimo,<br />

el 10 %, de la suma total de todos los Fondos. La cuota de la Unión se<br />

destina a complementar los Fondos cuya parte de los recursos por matrícula<br />

no alcanza el valor mínimo nacional.<br />

Hay que tener en cuenta cuatro efectos del Fundeb sobre la educación<br />

infantil:<br />

a) Las guarderías y centros preescolares adquieren un estatus efectivo en la<br />

educación básica, junto a la educación primaria y a la enseñanza media,<br />

dejando atrás la inferioridad histórica que sufrieron respecto a estas;<br />

b) Los profesores de educación infantil forman parte de la categoría<br />

«magisterio de la educación básica», teniendo derecho al salario mínimo<br />

nacional profesional de la misma forma que sus colegas de la educación<br />

primaria y media. Se rompe, de esta manera, el tradicional desprestigio<br />

social y la inferioridad económica respecto a los demás profesores;<br />

112 EC n.º 53 (BRASIL, 2006); ley n.º 11.494 (BRASIL, 2007).<br />

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