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Esas actividades deben estar a cargo de personas competentes, realizarse<br />

periódicamente, relacionadas con la situación socioafectiva, física, de higiene<br />

y de seguridad, con el fin de garantizar el bienestar durante la permanencia y<br />

el movimiento de los niños en las instalaciones y evitar la exposición a riesgos<br />

de accidentes, a intoxicaciones y a contaminación 126 .<br />

De igual modo, existe una recomendación de implementación de programas<br />

de prevención de dificultades de aprendizaje, de sistemas de evaluación para<br />

la detección precoz de ventajas o desventajas intelectuales y deficiencias<br />

sensoriales, para adoptar las medidas oportunas y adecuadas para cada caso.<br />

Se llevó a cabo un estudio nacional para medir la calidad de los ambientes<br />

educativos (preescolar y familiar) y su incidencia en el desarrollo infantil, con<br />

el objetivo de estimar el impacto y la efectividad de la educación preescolar<br />

en el país 127 .<br />

Uruguay<br />

La evaluación de la educación en los niveles inicial (3 a 5 años), primario<br />

y medio, en Uruguay, le corresponde, tal como determina la Ley General<br />

de Educación (n.º 18.437, de 2008), al Instituto Nacional de Evaluación<br />

Educativa, que tiene personalidad jurídica de derecho público no estatal.<br />

Le compete también proponer criterios y modalidades en los procesos de<br />

evaluación del Sistema Nacional de Educación (arts. 113 y 115). La ley<br />

determina que la divulgación de los resultados de la evaluación preserve la<br />

identidad de los alumnos (niños y jóvenes), de los profesores y de la institución<br />

educativa, para evitar cualquier forma de discriminación y estigmatización.<br />

Dichas atribuciones están todavía en proceso de implementación.<br />

Para evaluar la calidad de la educación inicial, el Instituto debe fijarse en<br />

los siguientes criterios:<br />

• coherencia entre el currículo y los recursos educativos, con las orientaciones,<br />

los principios y los fines de la educación establecidos por la ley<br />

general de educación;<br />

126. Esas disposiciones constan en el Reglamento de Educación Inicial y Preescolar, de diciembre de 2006<br />

(PARAGUAY. MEC, 2006c).<br />

127. Perfil nacional preparado para el «Informe de Seguimiento de la EPT en el Mundo 2007» (UNESCO, 2007a,<br />

2007b).<br />

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