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Fuentes de los recursos financieros<br />
para la educación infantil<br />
Argentina<br />
El Estado garantiza la financiación del Sistema Educativo Nacional. La<br />
ley n.º 26.075 establece metas de financiación. Esa financiación debe ser<br />
combinada y conjunta entre el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad<br />
Autónoma de Buenos Aires.<br />
La ley de educación nacional determina que la suma de los recursos<br />
nacionales, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires<br />
dedicados exclusivamente a la educación ha de alcanzar el equivalente al 6 %<br />
del producto interior bruto (art. 9.º). La Ley de Financiación Educativa,<br />
de 2005, establece la fórmula por la cual se llega al monto que el gobierno<br />
nacional y cada provincia más la Ciudad Autónoma de Buenos deben aportar<br />
para que se cumpla anualmente esa meta (obligatoria desde 2010). La<br />
previsión es de que el gobierno nacional contribuya con un 30 % y los demás<br />
entes con el 70 %. Obsérvese que el gobierno nacional asume la financiación<br />
de las universidades nacionales, parte de la enseñanza científica-tecnológica<br />
y algunos programas de educación básica.<br />
Dada la forma representativa, republicana y federal del Estado argentino, la<br />
responsabilidad principal de la oferta de la educación básica está en manos de las<br />
provincias (la de la educación superior, en manos del gobierno nacional). Así,<br />
los gobiernos provinciales son responsables de organizar, financiar y supervisar<br />
el cuadro de recursos humanos, la construcción y la reforma, el mantenimiento<br />
y el equipamiento de los establecimientos educativos. En otras palabras, es<br />
competencia provincial la financiación de la escuela pública o estatal, que es<br />
gratuita, y la transferencia de recursos a escuelas públicas de gestión privada,<br />
como contribución para el pago parcial o total de sus cuadros docentes.<br />
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