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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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Una propuesta no se ajusta a los pliegos de condiciones cuando carece de alguno de los<br />

documentos esenciales, se compruebe inexactitud en su contenido o no cumpla lo estipulado<br />

para cada uno de ellos.<br />

2. Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente.<br />

3. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o<br />

incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, artículo 8°, así como en las demás<br />

disposiciones legales vigentes.<br />

4. Cuando la propuesta no fuere presentada debidamente firmada por el proponente o el<br />

representante legal, si es persona jurídica.<br />

5. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente.<br />

6. Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas, presenten<br />

enmendaduras o correcciones que no aparezcan debidamente autorizadas o salvadas con la<br />

firma del proponente o la de quien suscriba el documento.<br />

7. Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la<br />

propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del proponente a la<br />

entidad o a los demás participantes.<br />

8. Cuando el valor individual de la propuesta se encuentre por encima del presupuesto oficial o<br />

por debajo del promedio básico en un 20% respecto del mismo, por cuanto se considerarán<br />

valores artificiales.<br />

PAR.—La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al<br />

proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente<br />

para el rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80/93, art. 25, num. 15, inc. 2°).<br />

2.12. CAUSALES PARA <strong>DE</strong>C<strong>LA</strong>RAR <strong>DE</strong>SIERTA <strong>LA</strong> LICITACIÓN<br />

El (ordenador de gasto o su delegado)____________________________________ de El<br />

__________________________(entidad estatal) declarará desierta la Licitación en los siguientes<br />

casos:<br />

1. Cuando no se presente propuesta alguna.<br />

2. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste al presente pliego de condiciones.<br />

3. En virtud del principio de transparencia, cuando claramente probado se constate la violación<br />

la reserva de las mismas, de manera ostensible, antes del cierre de la licitación.<br />

El _______________________________(entidad estatal) podrá declarar desierta la licitación<br />

dentro del término previsto para adjudicación del contrato, cuando existan motivos o causas que<br />

impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable para El<br />

___________________________(entidad estatal), o en el caso de quedar una sola propuesta<br />

para la adjudicación y que al efectuarle la ponderación, su puntaje sea inferior a ______ puntos<br />

del total a asignar, o sea, sobre 100 puntos.<br />

La declaratoria de desierta de la licitación, únicamente procederá por motivos o causas que<br />

impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo, en el cual se señalarán, en<br />

forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión (L. 80/93, art. 25,<br />

num. 18). 3

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