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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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La evaluación de las propuestas se hará en el siguiente orden:<br />

A) Estudio jurídico: Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden constitucional<br />

y legal exigidos en la Constitución Política, Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios, demás<br />

normas concordantes, y en los pliegos de condiciones, verificando su estricto cumplimiento.<br />

Constituyen requisitos esenciales de la propuesta, los documentos esenciales de las mismas que<br />

se ajusten a los términos y especificaciones que sobre ellos se soliciten en los pliegos de<br />

condiciones. Serán descartadas las propuestas que no cumplan los citados requisitos legales.<br />

B) Estudio económico: A las propuestas elegibles se les hará las correcciones aritméticas en<br />

los formularios de cantidades de obra y análisis de precios unitarios. En estas correcciones se<br />

considerará el resultado exacto de la multiplicación de las cantidades de obra indicados en el<br />

formulario de las propuestas, por el precio unitario en pesos colombianos, de cada ítem de obra<br />

especificado. Si el valor global de cada ítem no corresponde a tal multiplicación, se hará la<br />

corrección correspondiente, en cuyo caso, se considerará como valor total de ésta, el que<br />

resulte una vez hechas las correcciones.<br />

Cuando existan discrepancias entre los precios unitarios de la propuesta y sus correspondientes<br />

análisis de precios, regirán los precios que aparecen en los análisis de los precios unitarios,<br />

corregidos aritméticamente.<br />

Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total de la<br />

propuesta, se elaborará un cuadro contentivo del resumen del análisis de las propuestas, en el<br />

que se contemplen el cumplimiento de los documentos señalados como esenciales de la<br />

propuesta, en el numeral 2.5. de este pliego y además los siguientes factores: cumplimiento en<br />

contratos anteriores, organización, equipo de los oferentes, plazo, precio y ponderación precisa<br />

y detallada de los mismos, y se aplicará la fórmula matemática dispuesta para establecer la<br />

ponderación correspondiente al precio de cada una de las propuestas.<br />

De igual forma en este estudio se verificará que lo manifestado por los proponentes en relación<br />

con la capacidad residual exigida en los presentes pliegos de condiciones se ajuste a los<br />

mismos.<br />

C) Estudio técnico: La evaluación técnica de las propuestas se adelantará teniendo como<br />

marco lo dispuesto en las leyes 80 de 1993, Estatuto General de Contratación y 400 de 1997, así<br />

como en los Decretos 033 y 034 de 1998, normas sobre construcciones sismorresistentes, los<br />

pliegos de condiciones y demás normas vigentes sobre la materia, y realizando:<br />

a) Revisión del equipo requerido para verificar que éste cumpla con las especificaciones y<br />

cantidades exigidas en los pliegos de condiciones;<br />

Verificación de la calidad de los materiales ofertados, para que éstos cumplan con las<br />

disposiciones sobre construcciones sismorresistentes;<br />

Revisión de cumplimiento y ponderación de factores y requisitos distintos del precio, y<br />

Elaboración del cuadro resumen de las evaluaciones y del correspondiente orden de elegibilidad,<br />

que será avalado como recomendación para adjudicar, por los distintos comités evaluadores.<br />

2.14.1. PON<strong>DE</strong>RACIÓN <strong>DE</strong> LOS FACTORES <strong>DE</strong> EVALUACIÓN<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong>S PROPUESTAS<br />

La ponderación de los factores de evaluación se aplicará(n) a la(s) propuesta(s) no<br />

descartada(s), es decir, a la(s) propuesta(s) que cumplió(eron) con los requisitos exigidos de<br />

orden legal y según los pliegos de condiciones de acuerdo con el estudio jurídico, mediante la<br />

aplicación del siguiente puntaje:<br />

a) Precio 40 puntos<br />

b) Programa de inversión general 15 puntos

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