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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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contrato, sin que sea necesario que haya obtenido previamente varias<br />

ofertas, en los siguientes eventos:<br />

1. Cuando las haya solicitado o sólo haya recibido una de ellas.<br />

2. Cuando de acuerdo con la información que pueda obtener no<br />

existan en el lugar varias personas que puedan proveer los bienes o<br />

servicios.<br />

3. Cuando se trate de contratos intuito personae, esto es que se<br />

celebren en consideración a las calidades del contratista.<br />

4. Cuando la necesidad inminente del bien o servicio no permita<br />

solicitar varias ofertas. De todo lo anterior se dejará constancia<br />

escrita.<br />

La entidad estatal deberá tener en cuenta para efectos de la contratación<br />

los precios del mercado y los estudios y evaluaciones de carácter jurídico,<br />

económico y técnico que para el efecto se realizarán previamente y de<br />

acuerdo con los siguientes criterios:<br />

1. Para el estudio jurídico<br />

Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos<br />

a los proponentes, verificando su estricto cumplimiento.<br />

Constituyen requisitos esenciales de las propuestas los documentos<br />

básicos que soporten las mismas y que permitan verificar que se ajustan a las<br />

condiciones y especificaciones que sobre ellos se soliciten a los proponentes<br />

en los pliegos o términos de referencia.<br />

Se deberán descartar las propuestas que no cumplan los solicitados<br />

requisitos legales, teniendo sí en cuenta que:<br />

La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la<br />

futura contratación o al proponente, no necesarios para la<br />

comparación de propuestas, no servirá de título suficiente para el<br />

rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80/93, art. 25, num 15, inc.<br />

1º).<br />

2. Para el estudio económico<br />

A las propuestas se les harán las correcciones aritméticas en los<br />

formularios de cantidades de obra y análisis de precios unitarios. En estas<br />

condiciones se considerará el resultado exacto de la multiplicación de las

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