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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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4.2. ASPECTOS TÉCNICOS: Total: 1000 puntos<br />

4.2.1. ADMINISTRACIÓN <strong>DE</strong> RIESGOS (MÁXIMO 240 PUNTOS)<br />

Comprende tanto el análisis de los riesgos como la propuesta para el manejo de los mismos,<br />

teniendo en cuenta los siguientes factores:<br />

a) Propuesta de cobertura y condiciones: se otorgarán 80 puntos a la propuesta que a juicio<br />

de la entidad oferte una mayor cobertura de riesgos y en mejores condiciones para la<br />

entidad, las demás propuestas se calificarán en orden descendente en decenas atendiendo<br />

este criterio.<br />

b) Programas de seguridad industrial: se concederán 80 puntos a la propuesta que con base<br />

en las disposiciones legales que regulan la materia y a juicio de la entidad presente el<br />

programa de seguridad industrial que más se ajuste a las necesidades de la misma. A las<br />

demás propuestas se les aplicará el puntaje en orden descendente en decenas de acuerdo<br />

con este factor.<br />

c) Propuesta de prevención de pérdidas: serán asignados 80 puntos a la propuesta que a<br />

criterio de la entidad contenga el mejor programa de prevención de pérdidas, considerado<br />

este por su efectividad y eficiencia. A las restantes propuestas el puntaje se les asignará en<br />

orden descendente en decenas con base en estas consideraciones.<br />

4.2.2. CAPACIDAD TÉCNICA (MÁXIMO 320 PUNTOS)<br />

Se entiende por tal el recurso humano puesto a disposición de la entidad para atender la<br />

actividad objeto del contrato.<br />

Conforman este factor:<br />

a) El tipo de vínculo con el intermediario: se considera el tipo de relación de las personas que<br />

designaría el proponente para atender el objeto del contrato. La calificación máxima<br />

dispuesta para este factor es de 80 puntos, los que se asignarán de la siguiente manera:<br />

a.1. Vínculo laboral permanente: se asignarán 4 puntos por cada vinculación laboral<br />

permanente con el proponente, esto es, que medie contrato de trabajo entre los empleados<br />

que se asignarían para atender a la entidad conforme al objeto del contrato y el<br />

intermediario. Máximo 20 puntos.<br />

a.2. Vínculo laboral ocasional: se concederán 2 puntos por cada vinculación laboral<br />

ocasional con el oferente, de las personas que para atender exclusivamente el objeto del<br />

contrato sean vinculadas mediante contrato de trabajo por el intermediario. Máximo 10<br />

puntos.<br />

a.3. Vínculo no laboral permanente: se entiende por tal a quienes de manera<br />

permanente tengan relación con la empresa pero que su vinculación no es de tipo laboral<br />

sino societario con la misma. Se otorgarán 19 puntos por cada una de las personas que en<br />

cumplimiento de esta condición se dediquen a atender el objeto del contrato a suscribirse<br />

con la entidad. Máximo 38 puntos.<br />

a.4. Vínculo no laboral ocasional: es aquel en el cual la vinculación de la persona con la<br />

empresa no es de tipo laboral sino que se trata de la prestación de servicios profesionales, y<br />

cuyo lapso se encuentra limitado a atender el objeto del contrato. Se otorgarán 3 puntos por<br />

cada persona designada para el efecto. Máximo 12 puntos.<br />

b) El nivel de formación: en este factor se evalúa el nivel de formación académica de las<br />

personas que el intermediario asignaría para la atención del objeto del contrato. Se prevé un<br />

máximo de 80 puntos, a otorgar así:

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