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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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contar con los correspondientes registros de reservas presupuestales, los<br />

cuales sólo podrán consti-<br />

tuirse con fundamento en los contratos debidamente perfeccionados. Cuando<br />

se haya adjudicado una licitación, concurso de méritos o cualquier otro<br />

proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales,<br />

incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectúe en la<br />

vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto de esta última<br />

vigencia, previo el cumplimiento de los procedimientos presupuestales<br />

correspondientes (D. 026/98, art. 21). Del mismo modo, en los contratos no se<br />

podrán pactar desembolsos en cuantías superiores a la previstas en el<br />

programa anual de caja aprobado por el Consejo Superior de Política Fiscal, o<br />

entidad que haga sus veces, como tampoco podrán exceder las metas de<br />

pago establecidas por este (D. 026/98, art. 20).<br />

21. Conforme a la Ley 598 de 2000, las entidades estatales deberán<br />

observar y aplicar los subsistemas, métodos, principios, instrumentos y demás<br />

aspectos que garanticen el ejercicio del control fiscal, contenidos en el<br />

Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, al<br />

igual que los precios de los bienes y servicios de uso común o de uso en<br />

contratos de obra que se encuentren previstos en el Registro Único de<br />

Precios de Referencia, RUPR, y al Catálogo Único de Bienes y Servicios,<br />

CUBS, establecidos por la Contraloría General de la República, al ejecutar los<br />

planes de compras y la adquisición de bienes y servicios a particulares.<br />

B. C<strong>LA</strong>SES <strong>DE</strong> CONTRATOS<br />

1. Agencia comercial<br />

Contrato por medio del cual un comerciante asume en forma independiente<br />

y de manera estable el encargo de promover o explotar negocios en un<br />

determinado ramo y dentro de una zona prefijada en el territorio nacional,<br />

como representante o agente de un empresario nacional o extranjero o como<br />

fabricante o distribuidor de uno varios productos del mismo.<br />

2. Arrendamiento<br />

Es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a<br />

conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la<br />

otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado.

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