MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
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ecibido a satisfacción por parte de El ________________________________(entidad estatal).<br />
PAR.—El funcionario que certificará el recibo a satisfacción de los bienes suministrados será<br />
_____________________. CLÁUSU<strong>LA</strong> QUINTA.—VIGENCIA Y P<strong>LA</strong>ZO <strong>DE</strong> EJECUCIÓN <strong>DE</strong>L<br />
CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se<br />
compromete a entregar a entera satisfacción de El ___________ ____________(entidad estatal),<br />
la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de<br />
la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia se contará a partir de la<br />
fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. Por<br />
tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se<br />
va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el<br />
vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las<br />
obligaciones se verificará de acuerdo con las solicitudes de entrega de bienes hechos por la<br />
entidad contratante y dentro de los plazos que la misma establezca. CLÁUSU<strong>LA</strong> SEXTA.—<br />
SUJECIÓN <strong>DE</strong> LOS PAGOS A <strong>LA</strong> APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________<br />
________________ (entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con<br />
cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a<br />
las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21.<br />
CLÁUSU<strong>LA</strong> SÉPTIMA.—GARANTÍAS: El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los<br />
___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a<br />
favor de EL ________________________(entidad estatal), la garantía única de cumplimiento<br />
otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté<br />
aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de<br />
anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser<br />
equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de<br />
anticipo o pago anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar<br />
a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía<br />
equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del<br />
valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a<br />
partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad de los bienes 4 entregados por el CONTRATISTA en<br />
cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con<br />
vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha de<br />
recibo de bienes entregados a entera satisfacción de El __________ ______________ (entidad<br />
estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. CLÁUSU<strong>LA</strong> OCTAVA.—<br />
CLÁUSU<strong>LA</strong> PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de<br />
las obligaciones a cargo de El ____________________________(entidad estatal), o de EL<br />
CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el<br />
valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se<br />
podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito<br />
ejecutivo, o se podrá hacer efectiva por parte de la entidad el amparo de cumplimiento,<br />
constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior<br />
al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSU<strong>LA</strong> NO-<br />
VENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractua-<br />
les a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente docu-<br />
mento a El _________________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro,<br />
previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del<br />
contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas<br />
la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o<br />
de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará<br />
descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el<br />
evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro<br />
del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquida-<br />
ción efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con<br />
cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará