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MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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ecibido a satisfacción por parte de El ________________________________(entidad estatal).<br />

PAR.—El funcionario que certificará el recibo a satisfacción de los bienes suministrados será<br />

_____________________. CLÁUSU<strong>LA</strong> QUINTA.—VIGENCIA Y P<strong>LA</strong>ZO <strong>DE</strong> EJECUCIÓN <strong>DE</strong>L<br />

CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se<br />

compromete a entregar a entera satisfacción de El ___________ ____________(entidad estatal),<br />

la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de<br />

la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia se contará a partir de la<br />

fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. Por<br />

tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se<br />

va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el<br />

vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las<br />

obligaciones se verificará de acuerdo con las solicitudes de entrega de bienes hechos por la<br />

entidad contratante y dentro de los plazos que la misma establezca. CLÁUSU<strong>LA</strong> SEXTA.—<br />

SUJECIÓN <strong>DE</strong> LOS PAGOS A <strong>LA</strong> APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________<br />

________________ (entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con<br />

cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a<br />

las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21.<br />

CLÁUSU<strong>LA</strong> SÉPTIMA.—GARANTÍAS: El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los<br />

___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a<br />

favor de EL ________________________(entidad estatal), la garantía única de cumplimiento<br />

otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté<br />

aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de<br />

anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser<br />

equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de<br />

anticipo o pago anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar<br />

a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía<br />

equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del<br />

valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a<br />

partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad de los bienes 4 entregados por el CONTRATISTA en<br />

cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con<br />

vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha de<br />

recibo de bienes entregados a entera satisfacción de El __________ ______________ (entidad<br />

estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. CLÁUSU<strong>LA</strong> OCTAVA.—<br />

CLÁUSU<strong>LA</strong> PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de<br />

las obligaciones a cargo de El ____________________________(entidad estatal), o de EL<br />

CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el<br />

valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se<br />

podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito<br />

ejecutivo, o se podrá hacer efectiva por parte de la entidad el amparo de cumplimiento,<br />

constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior<br />

al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSU<strong>LA</strong> NO-<br />

VENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractua-<br />

les a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente docu-<br />

mento a El _________________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro,<br />

previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del<br />

contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas<br />

la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o<br />

de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará<br />

descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el<br />

evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro<br />

del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquida-<br />

ción efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con<br />

cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará

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