Descargar - GaliciaAberta | Secretaría Xeral da Emigración - Xunta ...
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Justa distribución del sufragio como poder<br />
7. LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA Y LOS<br />
PARTIDOS<br />
Cabría ciertamente perfeccionar la matemática del sistema electoral;<br />
lo difícil es que los procedimientos numéricos excusen la calificación de<br />
arbitrarios. Los resultados de ca<strong>da</strong> sistema no son indiferentes. En situaciones<br />
concretas, el presuntamente mejor, puede <strong>da</strong>rlos pésimos, bien por<br />
implicar una falsificación de la auténtica voluntad política mayoritaria,<br />
bien por fragmentar el parlamento en micropartidos, bien por desembocar<br />
en una espiral de opciones estériles e invariantes, bien por conducir, por<br />
simples vías de hecho, al tan abominado régimen monopartidista (47) .<br />
En último término, uno de los más acusados defectos de la representación<br />
proporcional estriba en no consentir la plena consecuencia con sus<br />
principios legitimadores. No es posible llevarlos por completo hasta el fin.<br />
Siempre habrá un momento en que las minorías dejen de estar representa<strong>da</strong>s.<br />
Además, el número mínimo de votantes con derecho a lograr un<br />
acta de diputado (o representante) acaba por ser fijado con inevitable<br />
arbitrarie<strong>da</strong>d, no exenta de peligrosas discriminaciones e incluso de espal<strong>da</strong>s<br />
a las cifras reales de población (48) .<br />
47) Como señalaba Carl Schmitt, (Legali<strong>da</strong>d y Legitimi<strong>da</strong>d, (Díaz García), Madrid, 1971, 46 ss.):<br />
Admitidos los postulados del Estado legislativo parlamentario, sólo podrá ser ilegal y *tiránico*<br />
quien ejerza el poder estatal o paraestatal sin contar con una mayoría mínima del 51%. Pero<br />
“quien domine el 51% podría ilegalizar, de modo legal, al 49% restante”... “En consecuencia, por<br />
encima de to<strong>da</strong> normativi<strong>da</strong>d, la mera posesión del poder estatal produce una plusvalía política<br />
adicional, que viene a añadirse al poder puramente legal y normativista, una prima superlegal a<br />
la posesión legal del poder legal y al logro de la mayoría”.<br />
48) Permitiendo, hasta cierto punto, las encuestas electorales pronosticar el porcentaje de sufragios<br />
que obtendrá probablemente ca<strong>da</strong> partido, los re<strong>da</strong>ctores de la ley electoral tienen en su<br />
mano, mediante la elevación o la rebaja del Rubicón porcentual que decide la beligerancia partitocrática,<br />
la mágica fórmula para admitir o excluir, a gusto de los seleccionadores, amigos y<br />
enemigos. Y en esto estriba la gran falacia que vicia incurablemente la teoría del *Estado*. Pues<br />
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