sup-jrc-189/2002 actor - Jurisprudencia y Tesis Aisladas IUS ...
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SUP-JRC-<strong>189</strong>/<strong>2002</strong><br />
partido político, así sea éste quien tenga el mayor número<br />
de diputados en la legislatura.”<br />
QUINTO.- Que el día martes 29 de octubre del presente año, se<br />
sometió a consideración de los legisladores integrantes del<br />
Pleno, la modificación para el inicio de la sesión a celebrarse el<br />
día siguiente, con objeto de que en lugar de iniciar a las once<br />
horas como señala los artículos 79 y 89 del Reglamento para el<br />
Gobierno Interior del Congreso, ésta tuviera verificativo a las<br />
diez horas, el cual fue aprobado por unanimidad de los<br />
asistentes.<br />
SEXTO.- Que el 30 de octubre de <strong>2002</strong>, el Pleno de la LXIX<br />
Legislatura del Estado de Nuevo León, celebró sesión ordinaria<br />
a las diez horas, tal y como se había acordado en la sesión del<br />
29 del mismo mes y año, por el Pleno del Congreso Estatal.<br />
El diputado Jesús Guadalupe Hurtado Rodríguez, solicitó la<br />
inclusión en la orden del día del punto relativo a la designación<br />
de los magistrados que conformarían el Tribunal Estatal<br />
Electoral en Nuevo León, tal y como podrá acreditarse con el<br />
acta de sesión y la prueba técnica que al respecto anexo al<br />
presente, consistente en el video casete número 1 de 4.<br />
Cabe señalar a este máximo órgano jurisdiccional en materia<br />
electoral, que en sesión celebrada el martes 11 de junio de<br />
<strong>2002</strong>, los diputados Arturo Salinas Garza y Américo Alejandro<br />
Ramírez Rodríguez, solicitaron el uso de la palabra, con objeto<br />
de manifestar su excusa para conocer, en lo subsecuente, de<br />
todo lo relativo al punto por el que designa a los magistrados<br />
del Tribunal Estatal Electoral en Nuevo León.<br />
No obstante lo anterior, cuando en sesión de fecha 30 de<br />
octubre del presente año, finalizó el debate sobre la inclusión o<br />
no del punto relativo a la designación de los magistrados del<br />
Tribunal Estatal Electoral en Nuevo León, se sometió a votación<br />
de los legisladores presentes el contenido de la orden del día,<br />
votando ilegalmente e incongruentemente, hecho que fue<br />
consentido por el Presidente de la Mesa Directiva, diputado<br />
Ángel Eliseo Cano Garza, el diputado Arturo Salinas Garza,<br />
quién, como hemos dicho, se excusó de conocer sobre el punto<br />
en particular, por tener un interés incompatible con el mismo,<br />
violentado así el contenido del artículo 142 del Reglamento para<br />
el gobierno Interior del Congreso, tal y como puede acreditarse<br />
en el acta correspondiente de dicha sesión y en el video casete<br />
2 de 4. La orden del día se aprobó con la inclusión del punto<br />
correspondiente, por 22 votos de los integrantes del grupo<br />
parlamentario de Acción Nacional.<br />
En ese sentido, atento a la previsión contenida en los artículos<br />
135 y 141, inciso a), del Reglamento para el Gobierno Interior<br />
del Congreso, todos los asuntos se resolverán a mayoría simple