sup-jrc-189/2002 actor - Jurisprudencia y Tesis Aisladas IUS ...
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SUP-JRC-<strong>189</strong>/<strong>2002</strong><br />
conforman, sean para organizar o para resolver las<br />
controversias que se presente en materia electoral, objeto que<br />
se persigue, sin lugar a dudas, en la disposición constitucional y<br />
legal.<br />
Contrariamente a lo anotado, resulta que el Presidente de la<br />
Mesa Directiva de la Legislatura, somete a aprobación un<br />
dictamen que incluye una designación de magistrados con los<br />
únicos cinco aprobados por la Comisión de Gobernación y<br />
Organización Interna de los Poderes; aprobación que actualiza<br />
un vicio con 21 votos de 42 asistentes, lo que implicaba que el<br />
puro dictamen en sí fuera probado por mayoría simple (22),<br />
pero erróneamente mezcla el dictamen – propuesta de<br />
designación, con el hecho de que al ser aprobado con sólo 21<br />
votos ello significó que no había consenso y consecuentemente<br />
no se llegaba a las dos terceras partes de los integrantes de la<br />
Cámara, dejando de privilegiar la disposición constitucional y la<br />
norma legal, pasando por alto, sin importancia alguna, dichos<br />
pasos para que finalizara con un también viciado procedimiento<br />
de insaculación.<br />
PRUEBAS<br />
I. DOCUMENTAL PÚBLICA.-Consistente en<br />
certificación expedida por el Secretario de la Comisión Electoral<br />
del Estado, ingeniero Juan Francisco Llaguno Farías, por el que<br />
se acredita la personalidad de la que se promueve en<br />
representación del Partido Revolucionario Institucional.<br />
II. DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en<br />
ejemplar original de la publicación hecha en el Diario Oficial del<br />
Estado, de fecha 12 de junio de <strong>2002</strong>, por el que se expide la<br />
Convocatoria para la designación de los magistrados<br />
electorales del Tribunal Estatal Electoral en Nuevo León, por<br />
parte de la LXIX Legislatura de esa entidad.<br />
III. DOCUMENTAL PÚBLICA.-Consistente en ejemplar<br />
original sobre la publicación hecha en el Diario Oficial del<br />
Estado, de fecha 01 de noviembre de <strong>2002</strong>, por el que se<br />
expide el acuerdo 363 de la LXIX Legislatura de esa entidad por<br />
que quedan designados cinco ciudadanos como magistrados<br />
del Tribunal Estatal Electoral.<br />
IV. DOCUMENTAL PRIVADA.-Consistente en copia<br />
fotostática, debidamente sellada por la Oficialía Mayor de la<br />
Legislatura del Estado, por medio del cual se están solicitando<br />
acta circunstancia de la reunión de trabajo de la sesión<br />
celebrada por la Comisión de Gobernación y Organización<br />
Interna de los Poderes, de fecha 29 de octubre de <strong>2002</strong>,<br />
convocatoria expedida por el Congreso para la designación de<br />
los magistrados del Tribunal Estatal Electoral; documentos<br />
expedidos en el expediente número 1921; acta de sesión y<br />
diario de los debates de fecha 30 de octubre de <strong>2002</strong>, sesión