sup-jrc-189/2002 actor - Jurisprudencia y Tesis Aisladas IUS ...
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SUP-JRC-<strong>189</strong>/<strong>2002</strong><br />
Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, toda vez que<br />
en la sesión del 11 de junio del <strong>2002</strong>, manifestaron su excusa<br />
para conocer del proceso de integración del Tribunal, uno por<br />
ser hijo de un aspirante, y el otro porque mantuvo una relación<br />
laboral con diverso aspirante.<br />
Por cuestión de método se estudiará en primer término el<br />
agravio marcado con el número 2, pues de resultar fundado<br />
éste, se haría innecesario el estudio de los restantes motivos de<br />
inconformidad.<br />
Son sustancialmente fundados los argumentos en los que<br />
se cuestiona la legalidad del acuerdo del Congreso del Estado<br />
de Nuevo León, por el que designó a los magistrados del<br />
Tribunal Electoral de esa entidad federativa.<br />
Lo anterior porque, la designación de los magistrados es<br />
un acto jurídico complejo, que en el caso no está ajustado a<br />
derecho, toda vez que el procedimiento del cual deriva el<br />
acuerdo reclamado de referencia se encuentra viciado, pues en<br />
su desarrollo no se cumplieron las exigencias previstas en la ley<br />
y las irregularidades de tal procedimiento (que más adelante se<br />
precisarán) afectan a dicho acto.<br />
Se afirma que la designación de los magistrados es un<br />
acto complejo, porque no es perfecto y completo por sí solo,<br />
sino que constituye la fase última de un procedimiento integrado<br />
por diversas etapas, concatenadas entre sí y cada una<br />
constituye antecedente y base de la siguiente, de manera que,