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codigo civil chileno actual art. 1437 - Universidad Nacional de Loja

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consi<strong>de</strong>ración en los ór<strong>de</strong>nes económicos y legales. La salutación, las prácticas <strong>de</strong>portivas,<br />

son actos que no tienen significación jurídica, en cambio, las relaciones contr<strong>actual</strong>es en<br />

todas sus manifestaciones ulteriores y por las repercusiones relacionadas con las normas<br />

<strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho, se constituyen en actos jurídicos.<br />

Ahora bien, existen actos jurídicos encaminados a generar consecuencias económicas y por<br />

tanto jurídicas, como existen otros que se producen sin aquella <strong>de</strong>terminación, y que sin<br />

embargo, una vez producidos, necesariamente producen efectos.<br />

Los tratadistas alemanes, suizos, italianos, brasileños y mexicanos distinguen al acto<br />

jurídico <strong>de</strong>l negocio jurídico, calificando a este último, como el acontecimiento que nace<br />

<strong>de</strong> una relación encaminada a producir efectos <strong>de</strong> carácter económico (Derecho Civil <strong>de</strong> R.<br />

Ortíz Orquidi).<br />

2. NATURALEZA Y ESTRUCTURA DE LOS ACTOS JURÍDICOS.<br />

Los actos jurídicos por su naturaleza pue<strong>de</strong>n ser <strong>de</strong> dos clases:<br />

a) Los que nacen sin un acuerdo previo <strong>de</strong> las personas que se vinculan, tal el caso<br />

<strong>de</strong>l que comete un <strong>de</strong>lito o cuasi<strong>de</strong>lito, que sin embargo contrae la obligación <strong>de</strong><br />

in<strong>de</strong>mnizar daños y perjuicios al damnificado.<br />

b) Los que se <strong>de</strong>rivan <strong>de</strong>l convenio <strong>de</strong> dos o mas personas, como ocurre con los<br />

contratos.<br />

c) En todo acto jurídico encontramos:<br />

a) Un elemento subjetivo, representado por la persona o por las personas<br />

intervinientes;<br />

b) Un elemento objetivo, representado por lo que es materia <strong>de</strong> la prestación;<br />

c) El elemento causal o <strong>de</strong>terminante <strong>de</strong>l motivo <strong>de</strong>l acto; y,<br />

d) El elemento formal, relacionado con las exigencias <strong>de</strong> solemnidad para su<br />

vali<strong>de</strong>z.<br />

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