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106 PARTE I FOTOGRAFÍA DE UNA SOCIEDAD EN MOVIMIENTO<br />
“Hay diferencias en cuanto al trabajo, porque las mujeres casi siempre se dedican al cuidado de adultos<br />
y niños, o en las casas, aunque va cambiando, poco a poco. Pero por ejemplo, mujeres taxistas<br />
inmigrantes, no hay; hombres sí”.<br />
“Yo conozco un montón de senegalesas que han venido aquí con papeles para trabajar en la fresa. Y he<br />
trabajado en la naranja con chicas”.<br />
2.2 • GRUPOS DE EXPERTOS<br />
2.2.1 • PRINCIPALES BARRERAS<br />
a • Principales barreras en el acceso al empleo<br />
Los grupos de expertos destacaron como principales barreras en el acceso al empleo de los jóvenes de origen<br />
inmigrado, las siguientes:<br />
a.1 • Legislativas y/o normativas<br />
• La posesión de una autorización de residencia y trabajo. Sin documentación no hay acceso posible al<br />
empleo. Y sin empleo no hay posibilidad de mantener la regularidad, ante la imposibilidad de renovación<br />
de la autorización de residencia.<br />
• Una diferenciación marcada en el acceso jurídico-administrativo en función de diferentes categorías de<br />
extranjeros y barreras específicas del colectivo asilo y refugio.<br />
“Existe una clasificación marcada de la inmigración, y ello está también en el caso de España en relación<br />
al diseño de la ley. Existe la ley de extranjería, la ley de protección internacional, y existe el reglamento de<br />
las personas comunitarias. Ya esa clasificación está marcando una diferencia total en cuanto al acceso a<br />
la empleabilidad, tanto de personas jóvenes como de las menos jóvenes”.<br />
“En el caso de personas con protección internacional, estas no dejan de ser inmigrantes, pero tienen<br />
unas características muy especiales respecto a la población inmigrada general. En cuanto a las barreras<br />
de este colectivo, el principal es la barrera documental, porque en cuanto llegan estas personas les<br />
damos casa, les damos comida, albergue, acceso al estudio o al empleo…Y de pronto esto se les acaba<br />
porque se considera que esta persona no tiene derecho a protección internacional, entonces pasa a<br />
situación irregular (…). Debería dárseles algún tipo de tratamiento diferencial después o una oportunidad<br />
para que puedan obtener la situación regular mediante trabajo o estudio”.<br />
• La imposibilidad de homologar la experiencia profesional de origen, según se proceda de determinados<br />
países con los que no existen convenios.<br />
• La exigencia del carnet de profesionalidad como requisito de acceso al empleo en un plazo breve, llevará<br />
a que quien no lo tenga estará obligado a trabajos aún más precarios.<br />
• Las tasas de desempleo y de pobreza son más elevadas que en la población general, así como las<br />
dificultades para recibir el subsidio.