CNC - Informe sobre las relaciones entre fabricantes y distribuidores ...
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118 Trabajando por la Competencia<br />
3.3.10. Vinculación de la relación comercial de la MF a la<br />
obligación de producir también MDD<br />
3.3.10.1. Caracterización general<br />
En ocasiones, un distribuidor puede condicionar la compra de un producto<br />
de MF a que el fabricante produzca también para su MDD. Esta práctica se<br />
incluye dentro de un grupo de prácticas cuya característica común radica en<br />
que la compra está condicionada a que el proveedor realice determinadas<br />
concesiones que probablemente no haría en una situación en la que el distribuidor<br />
no tuviese un poder de compra considerable.<br />
Esta práctica contribuye a reducir los incentivos a innovar de los <strong>fabricantes</strong>,<br />
al facilitar que el distribuidor se aproveche de los esfuerzos innovadores del<br />
fabricante (free-riding), y puede reducir asimismo la competencia intramarca,<br />
en el caso en que sólo los <strong>distribuidores</strong> más fuertes tengan acceso a la MF<br />
líder.<br />
No obstante, esta práctica puede resultar pro-competitiva en una situación<br />
en la que el distribuidor no dispone de un elevado poder de mercado, al<br />
facilitarle el desarrollo de su MDD y aumentar así la presión competitiva, en<br />
particular, en sectores donde la competencia intermarca es débil. Por otro<br />
lado, también puede dar lugar a reducciones de costes y generar economías<br />
de escala en la distribución.<br />
3.3.10.2. Incidencia de la práctica en España<br />
Según la encuesta realizada, el 80% de los proveedores considera que la<br />
vinculación de la relación comercial de la MF a la obligación de producir MDD<br />
no se aplica nunca; sólo un 10% afirma que ocurre de modo esporádico y<br />
otro 10% que tiene lugar de modo frecuente. De <strong>las</strong> prácticas incluidas en el<br />
análisis, ésta se incluye <strong>entre</strong> <strong>las</strong> tres que menor incidencia tienen.<br />
Por tipos de productos, esta práctica tiene una mayor incidencia en los sectores<br />
del aceite y la leche, siendo mínima, por el contrario, en conservas y en<br />
aguas. Por otra parte, su incidencia es mayor <strong>entre</strong> los <strong>fabricantes</strong> especializados<br />
en producir MF y MDD o principalmente MDD, y <strong>entre</strong> los <strong>fabricantes</strong><br />
no líderes en el mercado.<br />
3.3.10.3. Conclusiones<br />
La evidencia disponible indica que esta práctica tiene escasa incidencia y<br />
no parece estar planteando problemas de competencia generalizados. En<br />
todo caso, para limitar su posible impacto negativo, debería promocionarse<br />
la competencia intramarca eliminando <strong>las</strong> restricciones legales que la están<br />
limitando, con el consiguiente perjuicio del bienestar general.