CNC - Informe sobre las relaciones entre fabricantes y distribuidores ...
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132 Trabajando por la Competencia<br />
considerados de calidad comercial. Por otra parte, la intención del legislador<br />
de proteger al comercio tradicional queda patente en esta normativa al<br />
excluir expresamente de los regímenes especiales a los establecimientos<br />
que, a pesar de tener una superficie inferior al baremo de 300 m 2 , pertenezcan<br />
a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de<br />
pequeña y mediana empresa, o que operen bajo el mismo nombre comercial<br />
que dichos grupos o empresas.<br />
La gran mayoría de CCAA 155 se han alineado a los mínimos que fija la ley y<br />
establecen 72 horas semanales y 8 domingos y festivos de apertura anuales<br />
para establecimientos, no especiales, por encima de los 150m 2 . La interpretación<br />
de lo que se considera zona de gran afluencia turística, y libre por<br />
tanto de límites de horarios, depende de <strong>las</strong> CC.AA. y en algunas de el<strong>las</strong><br />
es muy restrictiva. Asimismo los procedimientos de elección de los festivos<br />
de apertura, generalmente a través de comisiones donde están representados<br />
diferentes agentes del sector como los sindicatos o asociaciones de<br />
<strong>las</strong> tiendas tradicionales, no garantiza que todos los domingos y festivos<br />
seleccionados sean de calidad comercial como exige la ley. Se constata<br />
además que el pequeño comercio frecuentemente no aprovecha la ventaja<br />
competitiva que le proporciona el disponer de una mayor libertad de horario<br />
comercial que <strong>las</strong> grandes superficies, lo que hace que esta regulación sea,<br />
además de injustificada, ineficaz.<br />
Tanto la <strong>CNC</strong> como el extinto Tribunal de Defensa de la Competencia se han<br />
posicionado en reiteradas ocasiones a favor de la plena libertad de horarios<br />
comerciales, considerando que es deseable en cuanto que expande el ámbito<br />
de elección de los ciudadanos y por tanto su bienestar. En la medida en<br />
que la libertad de horarios aumenta <strong>las</strong> posibilidades de compra del consumidor,<br />
puede considerarse que es per se conveniente, aunque, en principio,<br />
no conlleve necesariamente una reducción de precios 156 . En todo caso, la<br />
libertad de horarios proporcionaría a <strong>las</strong> empresas un nuevo elemento con el<br />
que competir <strong>entre</strong> el<strong>las</strong>, favoreciendo así una mayor competencia efectiva,<br />
y reduciría <strong>las</strong> posibilidades de coordinación <strong>entre</strong> los <strong>distribuidores</strong>, con los<br />
consiguientes efectos positivos <strong>sobre</strong> la productividad, el empleo y también<br />
los precios 157 .<br />
4.1.3.2. Períodos de rebajas<br />
La LCM en su capítulo II regula el concepto y la calidad de los productos<br />
rebajados. Asimismo establece que <strong>las</strong> ventas en rebajas sólo podrán tener<br />
lugar en dos temporadas anuales; una iniciada al principio de año, y la otra,<br />
en torno al período estival de vacaciones. La duración de cada período de<br />
155 Con la excepción para el 2011 de Madrid (22 domingos y festivos de apertura al año), Ceuta<br />
(12), Murcia (10) y Canarias (9).<br />
156 En el TDC (2003), <strong>Informe</strong> <strong>sobre</strong> <strong>las</strong> condiciones de competencia en el sector de la<br />
distribución comercial (I 100/02) se considera que “…cabe imaginar circunstancias en <strong>las</strong> que,<br />
por verse obligada la empresa a utilizar factores productivos más caros (fundamentalmente horas<br />
extraordinarias) para ampliar el número de horas de apertura, dicha libertad dé lugar a mayores<br />
costes (que se repercutirán o no en los precios según <strong>las</strong> circunstancias)”.<br />
157 Para un análisis de los efectos de <strong>las</strong> restricciones de los horarios comerciales <strong>sobre</strong> el<br />
empleo, la productividad y los precios en EEUU, véase Burda, M. y Weil, P. (2005), Blue Laws,<br />
mimeo, octubre.