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Descargar Curso - Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y ...

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Los conflictos sociales actuales en la práctica docente-Recursos comunicacionales para el abordaje cooperativo en la escuela<br />

____________________________________________________________________________________<br />

El cooperativismo escolar y la ley<br />

Nacional <strong>de</strong> educacion cooperativa<br />

Cuenta la historia que allá por 1919, <strong>de</strong>sbastada Francia luego <strong>de</strong> la Primera Guerra Mundial, un<br />

inspector <strong>de</strong> escuelas llamado Bartolomé Profit, viendo el estado catastrófico que presentaban los<br />

establecimientos escolares <strong>de</strong> su país, se dio a la tarea <strong>de</strong> comenzar la reconstrucción <strong>de</strong> los<br />

edificios escolares dañados con la ayuda <strong>de</strong> los alumnos <strong>de</strong> las mismas escuelas. Así nace "Las<br />

Abejitas", la primera cooperativa escolar <strong>de</strong> la cual se tenga noticia. Muy rápidamente se extien<strong>de</strong><br />

el cooperativismo escolar en toda Francia y <strong>de</strong>s<strong>de</strong> allí comienza a diseminarse por todo el<br />

mundo. Solo dos años <strong>de</strong>spués, en 1921, la i<strong>de</strong>a <strong>de</strong> la cooperación escolar llega a la República<br />

Argentina <strong>de</strong> la mano <strong>de</strong> la colonia francesa establecida en el siglo anterior en Pigüé, Provincia <strong>de</strong><br />

Buenos Aires, fundadora en 1898 <strong>de</strong> la primera cooperativa <strong>de</strong> seguros <strong>de</strong> Sudamérica. Los<br />

docentes <strong>de</strong> Pigüé llevaron a la práctica la cooperación a nivel escolar creando la primera<br />

cooperativa escolar en nuestro país, la que se <strong>de</strong>dicó a la producción <strong>de</strong> jabones, y a la<br />

elaboración y venta <strong>de</strong> mermeladas. Cuatro años más tar<strong>de</strong>, en 1924, durante el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l<br />

Primer Congreso Internacional <strong>de</strong> Economía Social, organizado por el Museo Social Argentino, se<br />

presentó una comunicación en la que se recomendaba "a los representantes <strong>de</strong> las asociaciones<br />

adheridas y especialmente a los paises americanos por sus características semejantes al nuestro,<br />

la organización <strong>de</strong> cooperativas escolares tales como en la Argentina a la sazón empezaban a<br />

difundirse" y aconsejando asimismo "la implantación <strong>de</strong>l cooperativismo en la enseñanza tanto<br />

primaria como secundaria y su afianzamiento por medio <strong>de</strong> una ley". (1)<br />

La Ley 16.583<br />

La Ley Nº 16583, sancionada el 30 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1964 bajo la presi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong>l Dr. Arturo H. Illia,<br />

marca un antes y un <strong>de</strong>spués en la educación cooperativa, al <strong>de</strong>clarar <strong>de</strong> alto interés nacional la<br />

enseñanza <strong>de</strong> los principios <strong>de</strong>l cooperativismo. Esta ley tiene como base un Proyecto<br />

presentado por los diputados Luis Amura y Miguel Del Pero en el año 1963, con los mismos<br />

fundamentos y alguna variación en el articulado. Antes hubieron otros proyectos que no llegaron<br />

a plasmarse en ley, como el presentado por el diputado Pedro P. Zanoni en los años 1947, 1949 y<br />

1951, el que a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> <strong>de</strong>clarar la obligatoriedad <strong>de</strong> la enseñanza <strong>de</strong>l cooperativismo incluía un<br />

artículo a través <strong>de</strong>l cual se obligaba a cada establecimiento educativo al funcionamiento <strong>de</strong> una<br />

"Sociedad <strong>Cooperativa</strong> Escolar Mo<strong>de</strong>lo" y <strong>de</strong> la cual <strong>de</strong>berían formar parte a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los<br />

alumnos, el personal directivo, administrativos, docentes, personal <strong>de</strong> servicio, padres y tutores.<br />

Otro importante antece<strong>de</strong>nte en materia <strong>de</strong> proyectos <strong>de</strong> ley fue el presentado por el Diputado<br />

Nacional Carlos H. Perette en el año 1952 estableciendo también la enseñanza obligatoria <strong>de</strong>l<br />

cooperativismo. Años <strong>de</strong>spués, en 1964, el Senador Nacional Eugenio R. Rodríguez presentó<br />

un proyecto <strong>de</strong> ley <strong>de</strong>clarando la obligación <strong>de</strong> la enseñanza teórica y práctica <strong>de</strong>l cooperativismo,<br />

el que tampoco prosperó. En <strong>de</strong>finitiva fue el proyecto Amura-Del Pero, presentado el 11 <strong>de</strong><br />

diciembre <strong>de</strong> 1963, el que <strong>de</strong>vino en ley, aunque con algunos cambios en su articulado.<br />

Veamos. El artículo 1º <strong>de</strong>l proyecto <strong>de</strong>claraba "<strong>de</strong> interés nacional la enseñanza <strong>de</strong> los<br />

principios <strong>de</strong>l cooperativismo" y a<strong>de</strong>más su "aplicación contemporánea en todo el ámbito <strong>de</strong>l<br />

país". El proyecto es modificado y al convertirse en ley califica como <strong>de</strong> "alto" interés nacional la<br />

enseñanza <strong>de</strong> los principios <strong>de</strong>l cooperativismo y elimina el resto <strong>de</strong>l párrafo. El proyecto<br />

avanzaba sobre algunas faculta<strong>de</strong>s propias <strong>de</strong>l Po<strong>de</strong>r Ejecutivo, dado que establecía en su<br />

artículo 2º la creación <strong>de</strong> la cátedra <strong>de</strong> cooperativismo en todos los establecimiento <strong>de</strong>pendientes<br />

<strong>de</strong>l Ministerio <strong>de</strong> Educación y Justicia, lo cual tampoco entró en la redacción <strong>de</strong> la ley. El artículo<br />

3º fue mejorado notablemente ya que solo proponía la armonización <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> estudio<br />

a través <strong>de</strong> las Conferencias Interprovinciales <strong>de</strong> Educación, en tanto el proyecto final estableció<br />

"interesar a los gobiernos provinciales para la implantación en los establecimientos educacionales<br />

<strong>de</strong> sus respectivas jurisdicciones <strong>de</strong> la enseñanza <strong>de</strong>l cooperativismo".Finalmente el artículo 4º <strong>de</strong>l<br />

proyecto fue eliminado totalmente. Era el que preveía el financiamiento <strong>de</strong> los gastos que<br />

<strong>de</strong>mandara el cumplimiento <strong>de</strong> la ley a través <strong>de</strong> partidas específicas <strong>de</strong>l presupuesto nacional.<br />

Es interesante el Dictamen <strong>de</strong> la Minoría el que textualmente expresaba: "La formación <strong>de</strong> una<br />

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