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Descargar Curso - Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y ...

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Los conflictos sociales actuales en la práctica docente-Recursos comunicacionales para el abordaje cooperativo en la escuela<br />

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lucrativas”; señalemos <strong>de</strong>s<strong>de</strong> luego a las entida<strong>de</strong>s cooperativas y mencionemos igualmente,<br />

entre otras organizaciones “no narrativas”, a <strong>de</strong>terminados tipos <strong>de</strong> entida<strong>de</strong>s comunales, diversas<br />

clases <strong>de</strong> “fundaciones”, las mutualida<strong>de</strong>s, los sindicatos, las mo<strong>de</strong>rnas “socieda<strong>de</strong>s anónimas <strong>de</strong><br />

interés limitado”, etc.<br />

A. - Las cooperativas son pues entida<strong>de</strong>s no lucrativas, ante todo, porque no se proponen<br />

esencialmente la obtención <strong>de</strong> beneficios, sino otros objetivos que consisten, en este caso, en la<br />

prestación <strong>de</strong> servicios a sus asociados.<br />

A<strong>de</strong>más, ellas se sujetan a normas equitativas e igualitarias que previenen todo posible carácter<br />

especulativo <strong>de</strong> sus operaciones y aseguran la consecución <strong>de</strong> finalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> interés general. En<br />

efecto, en este caso rigen los principios cooperativos; y ellos establecen, entre otras normas, el<br />

acceso libre “que mantiene el valor nominal <strong>de</strong> las acciones cooperativas y hace que no resulte<br />

lucrativo negociar con esas acciones), la aplicación en las cooperativas primarias <strong>de</strong> un solo voto<br />

por asociado cualquiera sea el número <strong>de</strong> acciones cooperativas que posea, el pago a lo sumo <strong>de</strong><br />

un interés limitado sobre el capital accionario y el <strong>de</strong>stino <strong>de</strong> los exce<strong>de</strong>ntes a Finalida<strong>de</strong>s<br />

comunes y/o su distribución entre los asociados en proporción al monto <strong>de</strong> las operaciones que<br />

cada uno haya realizado con la cooperativa.<br />

B. - Las cooperativas operan a manera <strong>de</strong> medios o instrumentos <strong>de</strong>sinteresados, al servicio <strong>de</strong><br />

sus asociados. Ellas se organizan y administran con el objeto <strong>de</strong> proporcionar a sus asociados, al<br />

costo, servicios <strong>de</strong> distribución, <strong>de</strong> colocación <strong>de</strong> la producción o <strong>de</strong> trabajo.<br />

Para po<strong>de</strong>r cubrir el costo <strong>de</strong> los servicios que proporcionan, las cooperativas perciben un precio<br />

por los artículos o servicios que suministran a los asociados (en las cooperativas <strong>de</strong> distribución) o<br />

bien realizan retenciones (en las cooperativas <strong>de</strong> colocación <strong>de</strong> la producción y en las<br />

cooperativas <strong>de</strong> trabajo). Pero resulta imposible <strong>de</strong>terminar <strong>de</strong> antemano el costo exacto <strong>de</strong><br />

prestación <strong>de</strong> los servicios (precio <strong>de</strong> adquisición <strong>de</strong> diversos artículos, alquileres, gastos <strong>de</strong><br />

papelería o embalaje, gastos <strong>de</strong> transporte, <strong>de</strong>preciaciones o mermas, etc.); y las cooperativas<br />

necesitan, consecuentemente, operar con márgenes pru<strong>de</strong>ntes para cubrir en forma a<strong>de</strong>cuada el<br />

costo <strong>de</strong> esos servicios.<br />

Por eso los balances anuales <strong>de</strong> las cooperativas suelen indicar la existencia <strong>de</strong> “exce<strong>de</strong>ntes” <strong>de</strong><br />

percepción o <strong>de</strong> retención. Tales exce<strong>de</strong>ntes, <strong>de</strong> acuerdo con uno <strong>de</strong> los principios cooperativos<br />

recién aludidos, se <strong>de</strong>stinan al <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la entidad cooperativa, se aplican a<br />

servicios comunes o se distribuyen entre los asociados en proporción a sus operaciones con la<br />

cooperativa. Veamos cómo se aplica lo expuesto a los distintos tipos <strong>de</strong> cooperativas:<br />

a) En las cooperativas que realizan funciones <strong>de</strong> distribución, los exce<strong>de</strong>ntes revelan que se han<br />

percibido por los artículos o servicios suministrados <strong>de</strong>terminados montos (precios, cuotas,<br />

primas, etc.) que “exce<strong>de</strong>n” el costo <strong>de</strong> tales artículos o servicios; esos exce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> percepción<br />

se <strong>de</strong>stinan a finalida<strong>de</strong>s combines y/o se retornan a los asociados en proporción al monto <strong>de</strong> sus<br />

respectivas adquisiciones <strong>de</strong> artículos o servicios.<br />

b) En las cooperativas que realizan funciones <strong>de</strong> colocación <strong>de</strong> la producción, los exce<strong>de</strong>ntes<br />

revelan que las <strong>de</strong>ducciones o retenciones para gastos (realizadas sobre el monto que reciben los<br />

agricultores, pescadores o artesanos por los productos entregadas) “exce<strong>de</strong>n” el costo <strong>de</strong> los<br />

servicios; esos exce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> retención se <strong>de</strong>stinan a finalida<strong>de</strong>s comunes y/o se retornan a los<br />

asociados en proporción a los respectivos productos entregados.<br />

e) En las cooperativas que realizan funciones <strong>de</strong> trabajo, los exce<strong>de</strong>ntes anuales revelan sin duda<br />

los beneficios producidos por los trabajadores asociados que las integran; y <strong>de</strong>ben distribuirse<br />

entre esos trabajadores asociados en proporción al trabajo realizado por cada uno <strong>de</strong> ellos.<br />

Generalmente los asociados reciben anticipos mensuales o quincenales sobre los exce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong><br />

su cooperativa (que suelen establecerse en base a los convenios colectivos <strong>de</strong> trabajo vigentes en<br />

los diversos ramos). Si los beneficios resultantes <strong>de</strong>l trabajo <strong>de</strong> los asociados “exce<strong>de</strong>n” el monto<br />

<strong>de</strong> los anticipos abonados a los trabajadores por la cooperativa durante el ejercicio, ésta ha<br />

“retenido” una parte <strong>de</strong> tales beneficios; esos exce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> retención se <strong>de</strong>stinan a Finalida<strong>de</strong>s<br />

comunes y/o se retornan a los asociados en proporción a su respectivo trabajo.<br />

C. Pero si bien la afirmación <strong>de</strong> que las cooperativas constituyen entida<strong>de</strong>s no lucrativas es<br />

correcta, exige algunas observaciones si se <strong>de</strong>sean aclarar conceptos y eliminar malentendidos:<br />

1.- Las cooperativas son entida<strong>de</strong>s no lucrativas que proporcionan ventajas económicas a sus<br />

asociados.<br />

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