CPC_INC-2014-2015-1
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acción permitirá robustecer las actuacio-<br />
formación de precios adecuada, tanto<br />
parte de la CREG, como un mecanismo<br />
nes de la SIC en materia de protección a<br />
para las actividades de libre competencia<br />
complementario al Cargo por Confiabili-<br />
la competencia en el mercado de energía<br />
como para aquellas que son reguladas.<br />
dad hace pensar que dicho cargo no es<br />
informe nacional de competitividad <strong>2014</strong> - <strong>2015</strong><br />
eléctrica del país.<br />
Finalmente, el <strong>CPC</strong> se une a las recomendaciones<br />
de CSMEM (2013) relacionadas<br />
con el diseño del MOR, que tienen<br />
el objetivo de fortalecer la eficiencia del<br />
mercado de contratos. En particular, se<br />
hace énfasis en la necesidad de que los<br />
generadores oferten de manera obligatoria<br />
un porcentaje de su Energía Firme<br />
para el Cargo de Confiabilidad (ENFICC)<br />
en el MOR y en la extensión del horizonte<br />
de contratación de las subastas a por<br />
Una lectura alternativa al gran interés<br />
del sector productivo para contar con<br />
opciones diferentes de abastecimiento<br />
como la autogeneración es precisamente<br />
que el sistema no tiene los niveles de<br />
eficiencia adecuados. Claramente, la solución<br />
no es restringir dichas opciones,<br />
sino fortalecer las acciones para que el<br />
sistema sea lo suficientemente eficiente<br />
para desincentivar la utilización de otros<br />
mecanismos de abastecimiento. En otras<br />
palabras, el reto consiste en que el sis-<br />
suficientemente robusto para afrontar situaciones<br />
complejas de abastecimiento.<br />
Lo anterior es preocupante pues implica<br />
que la demanda está asumiendo costos<br />
adicionales por una confiabilidad de energía<br />
a base de líquidos, que en la práctica<br />
no se encuentra disponible. Llama la atención<br />
que la revisión de este cargo es una<br />
de las tres recomendaciones priorizadas<br />
por ECSIM (2013), de un total de 15, que<br />
todavía no ha iniciado su implementación.<br />
En cuanto al proceso regulatorio de<br />
lo menos cinco años. La primera medi-<br />
tema energético sea la opción preferida<br />
las actividades de transmisión y distri-<br />
da evitaría una disminución estratégica<br />
por los usuarios, incluso por aquellos que<br />
bución de energía eléctrica que se está<br />
de la oferta en las subastas, mientras la<br />
cuentan con capacidades para implemen-<br />
llevando a cabo en la actualidad, se reco-<br />
segunda fomentaría la oferta de ener-<br />
tar acciones alternativas. En relación con<br />
mienda que dicho proceso siente bases<br />
gía de nuevos agentes no establecidos<br />
las condiciones que tendrán los autoge-<br />
sólidas para que la remuneración de es-<br />
en el mercado. Adicionalmente, se reco-<br />
neradores para vender sus excedentes, el<br />
tas actividades refleje costos eficientes de<br />
mienda que se fomente de manera deci-<br />
<strong>CPC</strong> recomienda que los reguladores es-<br />
operación. En particular, se ha identifica-<br />
dida la participación de la demanda en<br />
tén muy atentos a no generar arbitrajes<br />
do que la existencia de subsidios cruzados<br />
el mercado de contratos de largo plazo<br />
regulatorios que le otorguen una ventaja<br />
como las Áreas de Distribución y de debili-<br />
y se cuente con contratos estandariza-<br />
competitiva a un tipo de agente a costa<br />
dades en la metodología de valoración de<br />
dos con el fin de contar con una curva<br />
de otros. Por lo tanto, es fundamental que<br />
los activos de transmisión generan distor-<br />
forward de contratos.<br />
las reglas de juego sean justas y así po-<br />
siones en la formación de precios. Por lo<br />
política y regulación<br />
energética<br />
tenciar la competencia y la rivalidad empresarial<br />
en este mercado.<br />
Para el <strong>CPC</strong> continúa siendo una prio-<br />
tanto, es fundamental que esta regulación,<br />
que se aprobará a comienzos de <strong>2015</strong>, se<br />
constituya en una base sólida para que el<br />
ridad que se optimice el Cargo por Con-<br />
sector eléctrico funcione de mejor manera<br />
Para el <strong>CPC</strong> es crucial que la política y la<br />
fiabilidad, pues su diseño actual no solo<br />
y contribuya decididamente a la competi-<br />
regulación energética promuevan deci-<br />
genera sobrecostos innecesarios debido<br />
tividad del país.<br />
consejo privado de competitividad<br />
didamente la eficiencia del sistema de<br />
energía eléctrica del país. Si bien es responsabilidad<br />
de las autoridades equilibrar<br />
el alcance de objetivos que pueden ser<br />
contrapuestos (como precio y confiabilidad),<br />
lo cierto es que la sostenibilidad<br />
del sistema en el largo plazo depende<br />
estrechamente de su eficiencia y de una<br />
a la sobreestimación de la demanda de<br />
energía objetivo sino que no promueve<br />
decididamente la participación de nuevos<br />
agentes en las subastas 19 . Las preocupaciones<br />
sobre la efectividad del Cargo por<br />
Confiabilidad son cada vez mayores, pues<br />
la introducción del Estatuto para Situaciones<br />
de Riesgo de Desabastecimiento, por<br />
uso eficiente de la energía<br />
La expedición de la Ley 1715 de <strong>2014</strong><br />
contiene disposiciones importantes<br />
para que el país cuente con una política<br />
de eficiencia energética robusta y de<br />
largo plazo. El paso a seguir deber ser la<br />
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19. Para mayor información, ver Consejo Privado de Competitividad (2012) y Consejo Privado de Competitividad (2013).