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equidad e inclusión social en américa latina - Publicaciones - CAF

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capítulo 6. Perspectiva de la regulación:Opciones para la regulación del servicio universaltructura institucional, con el fin de que los reguladores estén <strong>en</strong> condicionesde regular, facilitar, exigir o sancionar el cumplimi<strong>en</strong>to efectivo del mandatode universalización de los servicios, con los medios que la Ley ha puesto a sudisposición. Solo mediante un mandato legal previo, podrán las Autoridadesde Regulación y Control hacer obligatorias resoluciones e instrucciones a losregulados y hacer efectivo el ejercicio oportuno de medidas de vigilancia, controlo sanción. Los reguladores deberían poder ejercer sus facultades de regulación,vigilancia y sanción, respecto de las Autoridades Públicas que prest<strong>en</strong>directam<strong>en</strong>te los servicios de agua y saneami<strong>en</strong>to, o que t<strong>en</strong>gan relación con launiversalización de los mismos y poder sancionarlas de ser preciso. También,desde el punto de vista de la regulación, la vigilancia y el control, deb<strong>en</strong> tratar<strong>en</strong> condiciones de igualdad a las empresas que prest<strong>en</strong> los servicios, sin distinguirsi se trata de empresas de capital estatal o capital privado.Además, es la ley la que permite establecer el alcance de la función del reguladory su relación con las funciones y obligaciones de las otras autoridades administrativas,<strong>en</strong> particular, aquellas adscritas a las autoridades sub-nacionales,qui<strong>en</strong>es están g<strong>en</strong>eralm<strong>en</strong>te a cargo de garantizar las condiciones para la prestaciónefici<strong>en</strong>te y universal de los servicios de agua y saneami<strong>en</strong>to, ya sea directam<strong>en</strong>teo por medio de empresas. Se podría exceptuar Chile, donde están c<strong>en</strong>tralizadaslas compet<strong>en</strong>cias <strong>en</strong> el nivel nacional y la interv<strong>en</strong>ción de los municipiosno es relevante <strong>en</strong> relación con el suministro del agua potable y el saneami<strong>en</strong>to.La regulación como instrum<strong>en</strong>to para hacer efectiva launiversalización de los servicios de agua y al saneami<strong>en</strong>toEn relación con los servicios públicos, <strong>en</strong> especial agua y saneami<strong>en</strong>to, debeexistir un marco constitucional que claram<strong>en</strong>te postule la obligación de suministrarlosa toda la población. 48 Los servicios públicos de agua y saneami<strong>en</strong>to,pued<strong>en</strong> adquirir por medio de un mandato constitucional, la connotación de“servicios públicos inher<strong>en</strong>te a la finalidad <strong>social</strong> del Estado”, lo cual conllevala obligación de prestarlos <strong>en</strong> condiciones de calidad, continuidad, efici<strong>en</strong>cia,solidaridad y sost<strong>en</strong>ibilidad económica y <strong>social</strong> a todos los ciudadanos del país(principio de universalidad).En el contexto de un Plan de Universalización de los servicios de aguay saneami<strong>en</strong>to, que se podría consagrar mediante una ley especial, precisadefinirse cómo el marco regulatorio g<strong>en</strong>eral del servicio público de agua ysaneami<strong>en</strong>to debe actuar <strong>en</strong> armonía con un mandato constitucional comoel descrito. Precisa también establecer, mediante este mandato legal, instrum<strong>en</strong>tosy procedimi<strong>en</strong>tos legales precisos e instrucciones para que por mediode los instrum<strong>en</strong>tos propios de la regulación, se garantice la realización48. “Los servicios públicos son inher<strong>en</strong>tes a la finalidad <strong>social</strong> del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestaciónefici<strong>en</strong>te a todos los habitantes del territorio nacional (...) En todo caso, el Estado mant<strong>en</strong>drá la regulación, el controly la vigilancia de dichos servicios.” Art. 365. Capítulo 5. “De la finalidad <strong>social</strong> del Estado y de los serviciospúblicos” Constitución Política de Colombia.121

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