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equidad e inclusión social en américa latina - Publicaciones - CAF

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capítulo 6. Perspectiva de la regulación:Opciones para la regulación del servicio universaluniversal de los servicios de agua y saneami<strong>en</strong>to, ya sea directam<strong>en</strong>te o pormedio de empresas.Un factor importante es el promover el cumplimi<strong>en</strong>to de los deberes delas autoridades sub-nacionales. Definir qué hacer ante el incumplimi<strong>en</strong>to oretic<strong>en</strong>cia deliberada de algunas autoridades sub-nacionales <strong>en</strong> relación con elplan de provisión masiva de servicios de agua y saneami<strong>en</strong>to, es de la mayorimportancia. Pued<strong>en</strong> <strong>en</strong>contrarse fórmulas que inc<strong>en</strong>tiv<strong>en</strong> su asociación, yasea voluntariam<strong>en</strong>te como es el caso de la Ley 11.445 de 2007 de Brasil, o quecomo resultado de una sanción de una autoridad administrativa ante el incumplimi<strong>en</strong>too ineficacia <strong>en</strong> el adelanto de las tareas relacionadas con la universalizaciónde los servicios y previo un procedimi<strong>en</strong>to de debido proceso sumarioy expedito, la autoridad incumplida pierda las compet<strong>en</strong>cias asignadas por laley y <strong>en</strong> su remplazo las asuma otra autoridad de mayor nivel jerárquico.Se requiere integrar la obligación de universalización con el régim<strong>en</strong> legal,empresarial y regulatorio vig<strong>en</strong>te para los servicios de agua y saneami<strong>en</strong>to,marco legal que ya rige <strong>en</strong> casi todos los países de Latinoamérica. En concreto,deb<strong>en</strong> definirse las obligaciones, instrum<strong>en</strong>tos y funciones de los reguladoresasí como su estructura institucional, con el fin de que los reguladoresestén <strong>en</strong> condiciones de regular, facilitar, exigir o sancionar el cumplimi<strong>en</strong>toefectivo del mandato de universalización de los servicios, con los medios quela Ley ha puesto a su disposición. Solo mediante un mandato legal previo,podrán las Autoridades de Regulación y Control hacer obligatorias resolucionese instrucciones a los regulados y hacer efectivo el ejercicio oportuno demedidas de vigilancia, control o sanción, <strong>en</strong> relación con la vocación políticay económica del Estado de concretar la universalización de los servicios públicosde agua y saneami<strong>en</strong>to.La provisión de los servicios de agua y saneami<strong>en</strong>to conlleva por el prestadordel servicio asumir costos de administración, operación, mant<strong>en</strong>imi<strong>en</strong>toe inversión con el fin de garantizar su operatividad y funcionami<strong>en</strong>to efici<strong>en</strong>tey, como se dijo, su expansión pres<strong>en</strong>te y futura. La recuperación de esoscostos debe hacerse <strong>en</strong> períodos de tiempo sufici<strong>en</strong>tem<strong>en</strong>te razonables y <strong>en</strong>condiciones de sost<strong>en</strong>ibilidad económica y <strong>social</strong>, como presupuesto para ellogro de la universalidad <strong>en</strong> el suministro. El esquema tarifario debe remunerarla expansión de los servicios para garantizar que se llegue a toda la población,sin discriminación alguna, lo cual incluye a los ciudadanos del futuro.En determinadas circunstancias, los principios de <strong>equidad</strong> y universalidadpued<strong>en</strong> contradecir los principios de sufici<strong>en</strong>cia financiera y efici<strong>en</strong>cia, creandodisyuntivas al regulador acerca de cuál de estos principios prima. Garantizarla sufici<strong>en</strong>cia financiera <strong>en</strong> condiciones de prestación efici<strong>en</strong>te del servicio,puede implicar niveles tarifarios no aceptables bajo las normas y principios deuniversalidad y <strong>equidad</strong>.Para guiar la actuación del regulador es preciso que los textos legales definande manera precisa cuál es la preval<strong>en</strong>cia de criterios y, además, suministr<strong>en</strong> los139

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