1.4. Utilización <strong><strong>de</strong>l</strong> SPGLa utilización <strong><strong>de</strong>l</strong> SPG también es <strong>de</strong>sigual entre los países incluidos en el Sistema, que no siempre aprovechansus beneficios. La Comisión Europea informa un coeficiente <strong>de</strong> utilización, que relaciona las importacioneselegibles con las que efectivamente ingresaron por el sistema.Cabe tener presente que la elegibilidad requiere el cumplimiento <strong>de</strong> las siguientes condiciones:a) que los productos cumplan con las normas <strong>de</strong> origen y los procedimientos administrativoscorrespondientes, establecidos en el Reglamento (CE) No 2454/93; yb) que los <strong>de</strong>rechos aduaneros aplicables a los productos no hayan sido objeto <strong>de</strong> suspensión arancelaria,autónoma o <strong>de</strong> otro tipo, como la que se aplica a productos clasificados en una posición arancelariagravada, que tienen suspendido el arancel porque cumplen el requisito <strong>de</strong> “aeronavegabilidad”.Por lo anterior, solamente se cuenta con información <strong>de</strong> las importaciones elegibles suministrada por laComisión Europea, con datos agregados a nivel total y <strong>de</strong>sagregados en productos agrícolas, textiles eindustriales, hasta el año 2006. 24 En el Cuadro 3 se muestran los índices <strong>de</strong> utilización para los tres regímenes,con las aperturas disponibles.Cuadro 3Índice <strong>de</strong> utilización <strong>de</strong> las preferencias arancelarias<strong><strong>de</strong>l</strong> SPGporcentajes (%)Ciclo anteriorCiclo 2006-20152004 2005 2006Promedio 3 regímenesTotal 53 58 58Productos agrícolas 54 52 53Productos textiles 46 53 54Productos industriales 47 49 46Régimen generalTotal 47 55 50Productos agrícolas 58 56 54Productos textiles 41 49 44Productos industriales 47 49 46SGP PlusTotal 71 74 77Productos agrícolas 89 86 88Productos textiles 40 48 60Productos industriales 74 74 70Todo menos armasTotal 42 44 48Productos agrícolas 14 14 18Productos textiles 57 62 66Productos industriales 18 17 18Fuente: Comisión Europea.Obsérvese que la utilización promedio total -que toma en cuenta los tres regímenes- se ubicó en el 58%, tantopara el año 2005 (último antes <strong>de</strong> la reforma) como en el 2006. Si no se toman en cuenta los 14 gran<strong>de</strong>susuarios ilustrados en el Gráfico 1, la utilización media <strong>de</strong> los restantes 164 países se ubicó en el 29% enel 2005 y en el 25 % en el 2006.24Adicionalmente, para la Argentina, la Comisión suministró la información <strong>de</strong>tallada por posición arancelaria (8 dígitos <strong>de</strong> la Nomenclatura Combinada)para los años 2007 y 2008 (segunda sección <strong>de</strong> este trabajo).132 <strong>Revista</strong> <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>CEI</strong> Número 15 - Agosto <strong>de</strong> 2009
ArtículosLa utilización media correspondiente al Régimen General es más baja que la <strong><strong>de</strong>l</strong> promedio <strong>de</strong> los tres regímenes,y, a<strong>de</strong>más disminuyó <strong><strong>de</strong>l</strong> 2005 al 2006. Cuando se examinan los resultados sectoriales se advierteque los <strong><strong>de</strong>l</strong> sector agrícola tienen promedio <strong>de</strong> utilización más alto que el promedio total correspondiente,que los <strong><strong>de</strong>l</strong> sector industrial coinci<strong>de</strong>n con los <strong><strong>de</strong>l</strong> promedio total y que los <strong><strong>de</strong>l</strong> sector textil son más bajosque los <strong><strong>de</strong>l</strong> promedio total.La utilización media <strong><strong>de</strong>l</strong> SGP Plus, por el contrario, se ubica en torno al 70%, unos 20 puntos por encima<strong>de</strong> la correspondiente al promedio <strong><strong>de</strong>l</strong> Régimen General y se incrementó en el primer año <strong><strong>de</strong>l</strong> sistema reformado.Un informe oficial <strong>de</strong> la Comisión Europea atribuye la diferencia a “los márgenes preferenciales másatractivos otorgados en el marco <strong><strong>de</strong>l</strong> SGP Plus” y a que los países que incluye “no se benefician <strong>de</strong> ningúnotro sistema preferencial en sus relaciones comerciales con la UE”. 25Por último, la utilización media correspondiente a los países menos <strong>de</strong>sarrollados se ubica <strong>de</strong>bajo <strong><strong>de</strong>l</strong> promedio,pero también aumentó en el 2006. La Comisión atribuye la baja utilización <strong><strong>de</strong>l</strong> SPG al hecho <strong>de</strong> queestos países también se benefician <strong>de</strong> los regímenes preferenciales <strong><strong>de</strong>l</strong> Acuerdo <strong>de</strong> Cotonou, continuador<strong>de</strong> los Acuerdos <strong>de</strong> Lomé para los países <strong>de</strong> Asia, Caribe y Pacífico (ACP). Como estos acuerdos datan <strong>de</strong>mediados <strong>de</strong> los setenta, y sus preferencias son sustancialmente iguales a las <strong><strong>de</strong>l</strong> reciente régimen “todomenos armas”, los exportadores siguen utilizando las aplicadas al amparo <strong><strong>de</strong>l</strong> Acuerdo <strong>de</strong> Cotonou. Caberecordar que la Comisión está negociando acuerdos <strong>de</strong> liberalización recíproca (EPA o Economic PartnershipAgreement) con los países ACP, en reemplazo <strong>de</strong> los acuerdos Lomé-Cotonou. Esto se <strong>de</strong>be a la obligación<strong>de</strong> respetar las obligaciones <strong>de</strong> no discriminación <strong>de</strong> los régimenes preferenciales en la OMC.Es importante <strong>de</strong>stacar que, las diferencias en el índice <strong>de</strong> utilización <strong><strong>de</strong>l</strong> SPG, entre el 2005 y el 2006,también respon<strong>de</strong>n a la entrada en vigencia <strong>de</strong> nuevos lineamientos establecidos en la CE COM (2004)461, <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 2004, puestos en práctica en el Reglamento (CE) 980/2005, vigente <strong><strong>de</strong>l</strong> 1 <strong>de</strong> enero<strong><strong>de</strong>l</strong> 2006 al 31 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2008. Es <strong>de</strong> señalar que la adaptación a nuevas disposiciones requiereel conocimiento <strong>de</strong> las modificaciones e instrumentación <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> los exportadores y ello <strong>de</strong>manda untiempo <strong>de</strong>terminado.En el informe elaborado por la Secretaría <strong>de</strong> la Organización Mundial <strong>de</strong> Comercio para la revisión <strong>de</strong> laspolíticas comerciales <strong>de</strong> las Comunida<strong>de</strong>s Europeas correspondiente al año 2007 26 se realiza la siguienteapreciación sobre el SPG: “El SGP ha mejorado las posibilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los países en <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> obteneracceso a los mercados <strong>de</strong> las CE. No obstante, existe una ten<strong>de</strong>ncia a la disminución <strong>de</strong> la participación enel comercio y los índices <strong>de</strong> utilización <strong><strong>de</strong>l</strong> SGP son bajos. Por otra parte, si bien se han realizado diversosestudios sobre las repercusiones <strong>de</strong> la iniciativa "Todo menos armas", no se ha alcanzado un consensoclaro con respecto a sus efectos cuantitativos. Según un estudio <strong>de</strong> la UNCTAD, esta iniciativa generaríaunos beneficios para el bienestar <strong><strong>de</strong>l</strong> or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> 400 millones <strong>de</strong> dólares EE.UU. Este resultado difiere <strong><strong>de</strong>l</strong>obtenido por Trueblood y Somwaru, que estiman que los beneficios rondarían los 2.500 millones <strong>de</strong> dólaresEE.UU.; esta diferencia pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>berse a que los recortes arancelarios utilizados y las bases a partir <strong><strong>de</strong>l</strong>as cuales se aplican esos recortes varían <strong>de</strong> un estudio al otro. Un estudio realizado por Yu y Jensen en2005 llega a la conclusión <strong>de</strong> que los beneficios totales <strong>de</strong> bienestar no alcanzan a 300 millones <strong>de</strong> dólaresEE.UU. para todos los PMA afectados y que un amplio porcentaje <strong>de</strong> los beneficios proce<strong>de</strong> <strong>de</strong> los tresproductos sensibles sujetos al largo proceso <strong>de</strong> liberalización gradual, especialmente <strong><strong>de</strong>l</strong> azúcar. El estudioseñala que los efectos negativos en las CE y en terceros países parecen bastante insignificantes. En unestudio encomendado por las CE, Gallezot y Bureau encuentran pruebas <strong><strong>de</strong>l</strong> fuerte crecimiento <strong>de</strong> las exportaciones<strong>de</strong> los PMA <strong>de</strong> productos liberalizados en virtud <strong>de</strong> la iniciativa, lo cual ha permitido que ciertospaíses incrementen su comercio con las CE <strong>de</strong> forma significativa, mientras que en el caso <strong>de</strong> otros paísesla expansión <strong><strong>de</strong>l</strong> comercio ha sido limitada”.25Comisión Europea (2008).26OMC (2007).<strong>Revista</strong> <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>CEI</strong>Comercio Exterior e Integración133
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