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Kathrin Buhl y Claudia Korol (Orgs.) - Fundação Rosa Luxemburg

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mente de los “gobiernos de izquierda” que se limitarían a “suministrar canastasbásicas, lonas para las tiendas, aguardiente, entrenamiento en escuelaspara conocer la cartilla de Lenin, etc.” El procurador tilda a los “sin tierra” de“vagabundos” e “invasores movidos a aguardiente” y propone que se ingresenacciones judiciales para la “disolución del MST y declaración de su ilegalidad”;“suspender marchas columnas, u otros desplazamientos masivos de sin tierras”;“investigar los integrantes de campamentos y la dirección del MST por prácticade crimen organizado”; intervenir “en las tres ‘escuelas’... de influencia externadel MST”; desactivar los campamentos “que estén siendo utilizados como ‘basede operaciones’ para invasión de propiedades”; investigar los “asentamientospromovidos por el INCRA o por el Estado del Rio Grande do Sul”. Finalmente,sugiere la “formulación de una política oficial del Ministerio Público... con lafinalidad de protección de la legalidad en el campo”.En la reunión del 3 de diciembre de 2007, el voto y los encaminamientos propuestospor el procurador fueron sometidos y aprobados por UNANIMIDAD por elCSMP. El consejo decidió también “que el expediente [el proceso administrativo nº16315-09.00/07-9] tiene carácter confidencial...”.Después de haber sido denunciado públicamente el contenido de esta deliberación,el CSMP esclareció que el 7 de abril de 2008 se reunió en nueva sesión, solicitóinformaciones sobre el cumplimiento de las medidas aprobadas, ocasión en quesus miembros manifestaron “total apoyo a los Promotores de Justicia designados portratarse de tema de seguridad pública” y al final, decidieron desclasificar al procesoadministrativo cuanto a su carácter sigiloso y rectificar el acta del 3 de diciembre de2007, para suprimir la determinación anterior de presentación de acción civil públicapara la disolución del MST y la declaración de su ilegalidad. Tan grande fue la repercusióny reacción de los sectores democráticos de la sociedad brasileña, incluso delmismo Ministerio Público del RS, que el 30 de junio de 2008, en nueva reunión delCSMP, hubo nueva rectificación de la famosa acta, afirmando que todo no pasó deun equívoco, que todo lo que constó del acta no fue aprobado, haciendo constar quela deliberación del consejo habría sido tan solamente de designar “Promotores deJusticia para conocer el expediente y llevar a efecto las medidas legales aplicables” yno los encaminamientos propuestos por el procurador Thums.Equívocos a parte, cabe cuestionar el motivo por el cual el CSMP ha decididoinvestigar al MST. O mejor, porque no ha decidido investigar otros “movimientos”que también podrían considerarse “acciones criminales” y “formación de cuadrilla”,con peculiar “modus operandi”, como la actuación de empresas trasnacionales y deterratenientes en el contrabando de semillas transgénicas, en la implantación del “desiertoverde” o en la construcción de hidroeléctricas. Cabe cuestionar también si esde competencia del CSPM, órgano administrativo de la institución, tomar decisionesvinculantes para sus miembros, hecho que la Constitución Federal veda, y tambiéncuestionar el motivo del fiscal de la ley de no haber procesado a los comandantes de250

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