El-Sistema-penitenciario-salvadoreño-y-sus-prisiones
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La configuración legal del sistema <strong>penitenciario</strong> <strong>salvadoreño</strong> 17<br />
Oficina Ocupacional<br />
Esta unidad es la encargada de la “administración y monitoreo de los talleres vocaciones”<br />
impartidos en los centros <strong>penitenciario</strong>s; debe “supervisar, monitorear y controlar la fuerza<br />
laboral” en cada uno de estos talleres (MJSP, 2012, pág. 244).<br />
Subdirección Administrativa<br />
Coordina en conjunto con la Dirección del centro <strong>penitenciario</strong> el abastecimiento de los<br />
bienes y servicios que requiere el centro <strong>penitenciario</strong>; ejerce la administración del recurso<br />
humano y coordina con la Escuela Penitenciaria los programas de capacitación en virtud de<br />
las particularidades y necesidades de cada centro (MJSP, 2012).<br />
Subdirección de Seguridad<br />
Es la unidad encargada de velar por la seguridad del centro y de los privados de libertad,<br />
la custodia de los internos y el “cumplimiento de las normas disciplinarias” (Art. 146,<br />
RGLP, 2000; y MJSP, 2012, pág. 239). <strong>El</strong> monitoreo y supervisión de la seguridad interna y<br />
externa debe ser el apropiado para que permita evitar fugas de personas privadas de libertad.<br />
(Art. 147 literal a y k, RGLP, 2000; y MJSP, 2012). Debido a lo anterior, tiene a su cargo<br />
los centros de monitoreo de aquellos centros <strong>penitenciario</strong>s que cuentan con sistema de<br />
video vigilancia. Otras funciones de la Subdirección de Seguridad son el recuento diario<br />
de los internos, la coordinación y supervisión de los registros realizados a las personas<br />
que ingresan al centro <strong>penitenciario</strong> y la coordinación de las “requisas que se realicen<br />
a la población interna” (Art. 147 literal e, RGLP, 2000; y MJSP, 2012, pág. 239). Otras<br />
unidades que dependen de la Subdirección de Seguridad del centro penal son la Inspectoría,<br />
Subinspectoría y la comandancia, que ejecutan las acciones relacionadas al control y registro<br />
de las visitas que reciben los privados de libertad en los centros <strong>penitenciario</strong>s.<br />
Subdirección Técnica<br />
Tiene a su cargo las actividades relacionadas con el desarrollo y aplicación del tratamiento<br />
<strong>penitenciario</strong> de los privados de libertad que custodie el centro <strong>penitenciario</strong> (Art. 142,<br />
RGLP, 2000). Bajo su supervisión se encuentran el Equipo Técnico Criminológico del<br />
centro <strong>penitenciario</strong>, el cual debe coordinar el trabajo de las “áreas psicosocial, legal, de<br />
trabajo social, educación y médica” conformados por equipos multidisciplinarios (MJSP,<br />
2012, pág. 235). La Subdirección técnica es además la encargada de regular los horarios de<br />
funcionamiento del centro <strong>penitenciario</strong>.<br />
Equipo Técnico Criminológico<br />
<strong>El</strong> Equipo Técnico Criminológico de cada centro <strong>penitenciario</strong> debe estar conformado<br />
por un psicólogo, un trabajador social, un educador, un abogado, y un médico y/o