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El-Sistema-penitenciario-salvadoreño-y-sus-prisiones

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La configuración legal del sistema <strong>penitenciario</strong> <strong>salvadoreño</strong> 35<br />

o espacios dentro de los establecimientos <strong>penitenciario</strong>s, la ley estipula que la Dirección<br />

General de Centros Penales puede solicitar la colaboración y asistencia tanto del Ministerio<br />

de Salud como del Instituto Salvadoreño del Seguro Social para ejecutar dicha función (Art.<br />

80, LP, 1997). Sin embargo, el sistema no logra cubrir la atención a la salud física y mental de<br />

toda la población privada de libertad. La atención a la salud mental, es un área que ha estado<br />

ausente desde los inicios de la prisión en el país.<br />

Especialistas entrevistados mencionaron convenios con el Ministerio de Salud, cartera<br />

estatal que se encarga de la atención médica de la población privada de libertad, cuando las clínicas<br />

instaladas en algunos centros no dan abasto o no cuentan con los recursos, medicamentos o<br />

personal para hacerlo. La atención médica ofrecida por el sistema <strong>penitenciario</strong> y el sistema de<br />

salud pública será analizada con mayor detalle en el siguiente apartado.<br />

La DGCP solo cuenta con un resguardo en el único hospital psiquiátrico del país,<br />

cuya sección tiene una capacidad instalada para 12 personas. Sin embargo, en la actualidad,<br />

los pacientes recluidos han superado en nueve veces su capacidad, situación que es<br />

particularmente grave al tratarse de enfermos que adolecen de algún trastorno psiquiátrico.<br />

Gráfico 6.<br />

número de personas privadas de libertad en<br />

resguardo psiquiátrico, 2009-2015*<br />

124<br />

120<br />

111 109<br />

113<br />

libertad<br />

90<br />

84<br />

81<br />

93<br />

de<br />

Privados<br />

60<br />

30<br />

0<br />

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015<br />

Fuente: DGCP, 2014 y 2015<br />

* Datos al 31 julio de 2015<br />

La doctrina sostiene que para los delincuentes perturbados mentalmente “lo ideal sería<br />

la edificación de centros u hospitales psiquiátricos <strong>penitenciario</strong>s”, dada la particularidad de<br />

estos privados de libertad, a fin de alejarlos de los hospitales psiquiátricos y establecimientos<br />

de salud comunes lo cual permitiría salvaguardar la seguridad de los pacientes y el control de<br />

Penados Procesados<br />

este tipo de condenados 100 (García, 1982). Para el caso <strong>salvadoreño</strong>, el resguardo psiquiátrico<br />

91.2<br />

80<br />

76<br />

65 64.5 65<br />

71<br />

74<br />

77.6<br />

79.6<br />

74.4<br />

tajes<br />

60

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