autogestión financiera comunal - Iaeden
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definiciones:<br />
Para llenar el formato del cuadro Nº 17, considerar las siguientes<br />
1. Riesgos estratégicos: aquellos cuyas consecuencias pueden<br />
afectar la visión política del autogobierno, los planes del Estado venezolano,<br />
los objetivos e intereses nacionales, regionales o locales. Pueden estar<br />
implicados como riesgos actos de corrupción, clientelismo, incumplimiento de<br />
compromisos para el financiamiento de los proyectos de desarrollo del<br />
Consejo Comunal o el cumplimiento de los requisitos legales, contractuales,<br />
de ética socialista y en general, el compromiso ante la comunidad, entre<br />
otros que pudieran detectarse en esta categoría.<br />
2. Riesgos técnicos-operativos: incluyen riesgos provenientes de<br />
deficiencias en los sistemas de información y comunicación, en los procesos<br />
autogestionarios de capacitación, planificación, en la estructura<br />
organizacional y cualquier otro que conduzca a la ineficiencia e ineficacia de<br />
la gestión <strong>financiera</strong> <strong>comunal</strong>.<br />
3. Riesgos de control: se vinculan con la ausencia o ineficacia de la<br />
contraloría social, del proceso de rendición de cuentas u otro proceso que la<br />
Constitución, las leyes y reglamentos de la República Bolivariana de<br />
Venezuela o el Estado venezolano hayan establecido como requisitos de<br />
control para alcanzar la transparencia y la confianza necesarias de<br />
funcionamiento de la <strong>autogestión</strong> <strong>financiera</strong> <strong>comunal</strong>. Dentro de este<br />
contexto deben considerarse: (a) riesgos de control operativo, definido como<br />
la capacidad y el conjunto de tareas y esfuerzos realizados por la Unidad de<br />
Contraloría Social del Consejo Comunal para verificar que los métodos y<br />
procedimientos en las operaciones y trámites efectuadas por el Banco<br />
Comunal se realizan bajo principios de eficiencia, eficacia, calidad y<br />
transparencia, conforme a la Constitución, las leyes, reglamentos, manuales<br />
y demás directrices establecidas formalmente y (b) riesgos de control<br />
financiero, definido como la capacidad de examen que tiene la Unidad de<br />
Contraloría Social del Consejo Comunal para realizar una fiscalización y<br />
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