autogestión financiera comunal - Iaeden
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El humanismo cívico, es definido por Llano, A. (1999), como: “...La<br />
actitud que fomenta la responsabilidad de las personas y las comunidades<br />
ciudadanas en la orientación y el desarrollo de la vida política” (p. 15). Es una<br />
concepción teórica, que valora y promueve el protagonismo de las personas,<br />
como seres racionales con conciencia social, y por lo tanto, participan en la<br />
configuración política de la nación.<br />
Sin embargo, por sí misma la conciencia social y humanista no le<br />
otorga al colectivo la capacidad de ejercer influencia para movilizar recursos<br />
en la solución de sus problemas, sino que es un elemento más que favorece<br />
al poder popular, conformado por la unión de voluntades y fuerzas que<br />
aportan “...grupos organizados, cohesionados por intereses comunes, que<br />
los conduce a producir acciones que generan y fortalecen HABILIDADES,<br />
CONOCIMIENTOS y VALORES de Participación Ciudadana, que elevan las<br />
capacidades personales y comunitarias de los pobladores” (Zambrano, L.F.,<br />
2008: p. 46).<br />
En otras palabras, al hablar de generación de habilidades,<br />
conocimientos y valores, se enlaza el poder popular con el empoderamiento:<br />
“...Permitir que individuos y comunidades se apropien o se hagan cargo de<br />
sus conocimientos, energías y juicios. Tiene que ver con el poder que ejercen<br />
los individuos sobre sus propias vidas...” (ONU en Zambrano, op.cit., p. 46); y<br />
esto a la vez se acopla al capital social: “…conjunto de normas, instituciones<br />
y organizaciones que promueven la confianza y la cooperación entre las<br />
personas, las comunidades y la sociedad en su conjunto" (Comisión<br />
Económica para América Latina, CEPAL, en Noguera Pietri, op.cit., p. 35). Y<br />
en ambos casos, la capacidad para influir, actuar y finalmente satisfacer<br />
necesidades resulta un imperativo. Por lo que Stockpol, T. y Morris, F.<br />
(1999), hacen referencia a una o varias capacidades utilitarias que puedan<br />
ser aprovechadas en la resolución de los problemas que afectan a las<br />
sociedades contemporáneas. Mientras que Noguera Pietri, J. (2007) no<br />
rechaza en lo absoluto esa perspectiva, conceptualizando al capital social a<br />
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