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Gorras - inaes

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• Ley del Impuesto Sobre la Renta<br />

• Ley del Seguro Social<br />

• Ley Federal del Trabajo<br />

• Ley del FONACOT<br />

• Ley del INFONAVIT<br />

• Ley General de Sociedades Mercantiles<br />

• Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito<br />

• Código Civil<br />

• Código de Comercio<br />

• Código Fiscal de la Federación<br />

• Código Aduanero<br />

Para realizar una buena planeación fiscal se recomienda llevar a cabo las siguientes etapas:<br />

122<br />

<strong>Gorras</strong><br />

a. Análisis de la operación<br />

En la resolución de cualquier problema fiscal, conviene establecer con antelación el objetivo que se<br />

pretende alcanzar para que, con base en él, se reúnan todos los elementos necesarios que permitan<br />

resolver cada caso en particular, dando preferencia a la investigación de la legislación tributaria que<br />

pueda afectar en cualquier momento las operaciones relativas a la empresa.<br />

b. Determinación de alternativa<br />

Una vez reunida la información necesaria se deben considerar todas las combinaciones fiscales<br />

relacionadas con la operación que se desea llevar a cabo.<br />

c. Análisis de opciones<br />

En esta etapa se realiza la evaluación de las distintas opciones, enfocándolas a los siguientes aspectos:<br />

• La posibilidad jurídica. Que no contravengan los ordenamientos legales con el fin de no<br />

caer en la evasión fiscal.<br />

• El costo administrativo. Es la cuantificación del monto de los gastos que originaría la<br />

aplicación de cada opción.<br />

• La disminución del gravamen fiscal. Es la determinación de la cantidad que representa<br />

reducir el pago de impuestos mediante la aplicación de cada una de las opciones<br />

estudiadas. El importe de esta disminución debe ser considerablemente superior al costo<br />

administrativo de la opción elegida, para que en la realidad sea efectiva su aplicación.<br />

d. Aplicación de las opciones elegidas<br />

Es la culminación de la planeación fiscal, que debe reflejar los resultados de un período inmediato a su<br />

realización.<br />

Por último, es importante señalar que las disposiciones fiscales pueden cambiar año con año, y por tal<br />

razón se recomienda que todos los meses se esté pendiente de las posibles modificaciones, incluidas las<br />

relativas a la miscelánea fiscal al final o al inicio de cada año.

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