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Gorras - inaes

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<strong>Gorras</strong><br />

convenido, preparar los documentos requeridos; y, ante cualquier duda, consultar a especialistas en la<br />

materia.<br />

VI. Contratos internacionales, solución de controversias y apoyos financieros al<br />

exportador<br />

• Contratos internacionales y solución de controversias<br />

Existen diversas formas contractuales para desarrollar actividades de comercio internacional: de<br />

compraventa, que comprende una sola transacción; de suministro, que puede incluir entregas repetidas<br />

de un producto en el marco de un solo contrato; de comisión, por medio de una representación o<br />

distribución mercantil; de licencia, para el uso o explotación de una patente o una marca; y de prestación<br />

de servicios.<br />

Antes de realizar una operación, el exportador debe negociar los términos y condiciones contenidas en su<br />

forma escrita, ya que incluyen cláusulas que nunca se mencionan en otros documentos como un pedido<br />

en firme, una factura, un conocimiento de embarque, cartas de crédito y otros papeles tradicionales.<br />

Cláusulas del contrato de compraventa<br />

Deben incorporar el objeto del contrato especificando con claridad las características del producto o<br />

productos involucrados en él, se recomienda como forma de pago una carta de crédito irrevocable;<br />

precisar el empaque y embalaje, detallar de conformidad a la modalidad de términos acordada (Incoterms<br />

1990), el lugar de entrega y la responsabilidad por los impuestos; definir la problemática de patentes y<br />

marcas (se sugiere que el importador las registre en su país a nombre del exportador o fabricante); evitar<br />

la posibilidad de la cesión de derechos y obligaciones a un tercero hasta que se culmine la entrega y<br />

pago de la mercancía, y una cláusula relativa a la conciliación y arbitraje comercial internacional. Se<br />

sugiere para ello a la Comisión para la protección del comercio exterior (Compromex), pero existe libertad<br />

de elegir el tribunal u organismo arbitral que más convenga a los interesados.<br />

Cláusulas del contrato de representación y distribución mercantil<br />

Debe incorporar el tipo de encargo que la empresa mexicana otorga a la persona física o moral del<br />

extranjero (de preferencia hay que optar por la comisión, la representación o la distribución); delimitar el<br />

territorio de exclusividad (se recomienda sea para una ciudad o un país); definir las obligaciones del<br />

exportador que pueden incluso disponer de un pequeño inventario a manos del distribuidor; aclarar si el<br />

representante puede o no comerciar productos similares al nuestro, el monto de la comisión, la forma de<br />

pago (se recomienda que el envió de la mercancía sea directamente al cliente y después se pague la<br />

comisión respectiva; o bien se venda con cargo al stock, pague al exportador en un plazo máximo de<br />

tres días, reteniendo su comisión); el mecanismo para la rendición de cuentas; la definición de los gastos<br />

por publicidad y promoción; la vigencia del contrato (de seis meses a una año) y la definición de patentes<br />

y marcas.<br />

La solución de controversias puede dejarse en manos de los tribunales, a escoger uno o varios sistemas<br />

jurídicos nacionales. Sin embargo, ello puede implicar problemas y por tal razón se sugiere incluir la<br />

posibilidad del arbitraje comercial internacional como una cláusula de compromiso en el contrato.

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