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Gorras - inaes

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<strong>Gorras</strong><br />

Generalmente, las garantías Hipotecarias y prendarios se establecen en una proporción mínima de 2.0 a<br />

1.0 veces en relación a créditos colaterales (cartera); y suelen ser de 1.5 a 1.0 veces, cuando el crédito<br />

se da para inmuebles, maquinaria y capital de trabajo; adicionalmente se grava la unidad industrial.<br />

6. AVALÚO DE LAS GARANTÍAS<br />

Los avalúos industriales de maquinaria y equipo son practicados por empresas especializadas y por<br />

profesionales de comprobado prestigio.<br />

Si lo que se toma en garantía son bienes inmuebles, estos deberán ser valuados por peritos de los<br />

propios bancos. Otros intermediarios financieros que carezcan de un área fiduciaria propia deberán<br />

exigir avalúos bancarios al solicitante.<br />

Los avalúos se solicitan previamente al otorgamiento o contratación de los créditos y los gastos que se<br />

originen corren por cuenta del acreditado (solicitante del crédito). Para efectos crediticios, los avalúos no<br />

podrán tener una antigüedad mayor a 6 meses para bienes inmuebles, a la fecha de firma del contrato de<br />

crédito correspondiente.<br />

No se aceptan avalúos efectuados por peritos cuando los bienes sean de su propiedad, de sus familiares;<br />

cuando sean socios o empleados del solicitante de crédito o cuando participen como constructores,<br />

proyectistas o calculistas en el bien sujeto de avalúo.<br />

7. AVAL<br />

Será aquella persona física o moral que ofrece su respaldo a la operación crediticia.<br />

Generalmente, se solicita la firma de aval del principal o principales accionistas o de quien o quienes<br />

están involucrados en la operación y/o administración de la empresa.<br />

Cuando el aval sea persona Física, deberá presentar su relación patrimonial, y cuando se trate de una<br />

persona moral, en su Acta Constitutiva deberá existir la facultad para poder avalar operaciones<br />

crediticias, además de proporcionar:<br />

Escritura constitutiva, con datos del R.P.P. y C.;<br />

Escritura de poderes;<br />

Acta de facultades para otorgar avales;<br />

Libro de actas;<br />

Información financiera con una antigüedad no mayor de 3 meses, relaciones analíticas de<br />

sus principales cuentas y copia de la documentación de pasivos de largo plazo en su caso;<br />

La solicitud deberá estar firmada por el presidente del consejo de Administración o persona<br />

facultada para ello.<br />

INFORMACIÓN LEGAL DEL SOLICITANTE<br />

Acta Constitutiva. Deberá contener los datos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio<br />

(R.P.P. y C.), así como las modificaciones más recientes que se le hayan hecho:

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